DECRETO 140/2002, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para la contratación de Agentes de Desarrollo en Nuevas Tecnologías por las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyDecreto
Disposiciones Finales Artículos 1 y 2

Primera.- Se faculta a la Consejería de Bienestar Social a dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 8 de octubre de 2002.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA La Consejera de Bienestar Social,

ANA GARRIDO CHAMORRO

ORDEN de 20 de septiembre de 2002, por la que se modifica la Orden de 31 de enero de 2001, que establece el procedimiento de actuación de los Centros Base para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

La orden de 31 de enero de 2001 establece el procedimiento de actuación de los Centros Base dependientes de la Consejería de Bienestar Social, para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, de acuerdo con la normativa fijada por el Estado en el Real Decreto 1.971/99 de 23 de diciembre.

La denominación utilizada de los órganos administrativos encargados de dichas funciones (reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía) ha sido en dicha Orden, continuando con la que tradicionalmente se le había asignado por parte del IMSERSO, la de 'Centro Base de Minusválidos'.

Razones de ajuste de la denominación a la verdadera naturaleza funcional de estos órganos que redundarán en la más adecuada identificación por parte de los ciudadanos usuarios de dichos servicios administrativos y, consecuentemente, la mejora en el ejercicio de sus derechos aconsejan el cambio de nombre. Por ello, esta Consejería considera procedente y oportuno redenominar dichas unidades administrativas, sin modificación alguna de su naturaleza jurídica, por la de 'Centro de Atención a la Discapacidad de Extremadura'.

El artículo 7º, 1 del Estatuto de Autonomía reconoce a la Comunidad Autónoma de Extremadura la potestad de autoorganización para la gestión de los intereses públicos asumidos.

El artículo 55 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura regula la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, desarrollando la potestad autoorganizatoria de cada Consejería, atribuyendo al titular de la Consejería la dependencia de todos los órganos e instituciones adscritos a la misma.

En base a lo expuesto, de acuerdo con el artículo 36, c) de la citada Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, D I S P O N G O

Artículo 1 La actual denominación de 'Centro Base de Minusválidos' de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en Cáceres y Badajoz, y que figura en la Orden de 31 de enero de 2001, de la Consejería de Bienestar Social, se modifica pasando a denominarse 'Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura' (en siglas, CADEX).
Artículo 2 Todas las referencias normativas realizadas a los Centros Base de Minusválidos se entenderán efectuadas al 'Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura'.
Disposición final única.- La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación. Artículos 1 a 16

Mérida, a 20 de septiembre de 2002.

La Consejera de Bienestar Social,

ANA GARRIDO CHAMORRO

CONSEJERÍA DE TRABAJO

DECRETO 140/2002, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para la contratación de Agentes de Desarrollo en Nuevas Tecnologías por las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La Junta de Extremadura viene apostando por un modelo de desarrollo regional basado en las Nuevas Tecnologías, llevándose a cabo desde 1999 el proyecto global de la Sociedad de la Información como mecanismo que permita la transición de Extremadura hacia una sociedad y economía basadas en el conocimiento.

Por otro lado, el Desarrollo Local es una pieza fundamental para la creación de empleo en nuestra región, existiendo cada vez mayor

conciencia de las oportunidades que ofrece este ámbito en la creación de empleo. En este sentido las iniciativas locales deben impulsarse a través del establecimiento de medidas activas de dinamización, lo que conllevará una repercusión directa en el empleo.

Ambas cuestiones, Sociedad de la Información y Desarrollo Local, se encuentran avaladas por la Unión Europea, que no sólo las considera como mecanismos que permiten impulsar la generación de empleo y el bienestar de los ciudadanos europeos, sino que a través de las Estrategias Europeas para el Empleo se conexionan con el objetivo de la consecución del pleno empleo. Concediéndose, además, un papel importante a las entidades locales, debido tanto a su proximidad con los ciudadanos como a su estrecho contacto con la Sociedad de la Información a través del sistema educativo y las infraestructuras. Si se aprovechan estas ventajas, se apoyará en particular el avance de las empresas pequeñas, que es donde se crea el mayor número de puestos de trabajo y que, por estar confrontadas con dificultades muy específicas, requieren a menudo soluciones que sólo pueden adoptarse a nivel local.

El IV Plan de Empleo de Extremadura, suscrito por la Junta de Extremadura con la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura y con los agentes económicos y sociales de la Región, se ha dotado de una serie de estrategias encaminadas a ofrecer un conjunto de posibilidades que atajen el problema del desempleo.

La estrategia del IV Plan de Empleo relacionada con la dinamización de los recursos locales incide en la necesidad de profundizar en actuaciones que estimulen el desarrollo de las potencialidades locales, estando esta cuestión en consonancia con el Programa Operativo Integrado Extremadura 2000-2006, en cuyo eje 5 (Desarrollo local y urbano) se integra la medida 5.6 dirigida a prestar apoyo a las iniciativas locales que contribuyan a la generación de empleo.

Por lo tanto, el binomio Desarrollo Local/Sociedad de la Información, constituye una herramienta estratégica de primera importancia, por lo que desde este punto de vista la Consejería de Trabajo y de Educación, Ciencia y Tecnología, vienen trabajando en un Plan de Actuaciones conjuntas para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en los campos del Empleo, la Formación y el Desarrollo.

Dentro de las actuaciones en desarrollo contempladas en este Plan se encuentra la Actuación 1, Fomento del Empleo Local a través de las Nuevas Tecnologías, cuyo objetivo es propiciar la contratación por los entes locales de especialistas y personal cualificado en las mismas. Entendiendo por Nuevas Tecnologías no sólo las de la información y la comunicación, sino también aquellas coadyuvantes al desarrollo de los sectores claves de la región.

En todo caso, los contenidos y las acciones que se desarrollen tendrán como objetivo la generación de nuevos empleos, desarrollo de nuevas actividades económicas, asesoramiento empresarial, creación de microempresas, orientación para la formación, desarrollo del comercio electrónico, teleformación, etc., complementados con información y asesoramiento sobre los servicios que se prestan desde la Consejería de Trabajo.

Por otro lado, es necesario reseñar que en los últimos años ha tenido una especial importancia la asociación de municipios extremeños en Mancomunidades, con el fin de prestar a los ciudadanos una serie de servicios, de competencia municipal, que difícilmente podrían atenderse de forma individual. La Junta de Extremadura consciente de la relevancia que tienen estas entidades, viene activando una serie de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR