Orden de 3 de marzo de 2011 por la que se establece la convocatoria de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) y las Agrupaciones de Cooperativas Ganaderas para la operatividad del sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2011.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

ORDEN de 3 de marzo de 2011 por la que se establece la convocatoria de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) y las Agrupaciones de Cooperativas Ganaderas para la operatividad del sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2011. (2011050058)

La Identificación Animal, a tenor de lo dispuesto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, es un elemento fundamental para la ordenación de las explotaciones pecuarias, y necesario para facilitar el control de enfermedades veterinarias e incrementar la seguridad en los movimientos pecuarios, así mismo es un elemento fundamental para aumentar el nivel de protección de la salud pública y ofrecer una correcta trazabilidad a los consumidores finales.

Además, la implantación de los sistemas de identificación definidos anteriormente, supone para los ganaderos la aplicación de nuevas normas introducidas en la legislación nacional por trasposición de la legislación comunitaria, imponiendo nuevas obligaciones o restricciones a las prácticas agrícolas, que tienen repercusión significativa en los costes habituales de la explotación agrícola y que afectan a un número significativo de agricultores, por lo que se hizo necesario establecer una línea de ayudas que contribuyera en parte a compensar estos costes y pérdidas de ingresos ocasionados a los agricultores que tengan que aplicar normas en el ámbito de la protección del medio ambiente, la salud pública, la sanidad animal y la fitosanidad, el bienestar de los animales o la seguridad en el trabajo.

El Decreto 202/2008, de 26 de septiembre (DOE n.º 192, de 03/10/2008), modificado por el Decreto 157/2009, de 3 de julio, establece las bases reguladoras de una línea de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva periódica para la colaboración y asistencia en la operatividad del sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina de las explotaciones ganaderas integradas en Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en adelante ADSG) y las Agrupaciones de Cooperativas Ganaderas, de ámbito regional, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la convocatoria de las ayudas para el año 2008, conforme al Reglamento 1698/2005 y en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2007-2013.

El Decreto 202/2008, de 26 de septiembre, establece que anualmente la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante orden, promoverá la convocatoria de las ayudas citadas, haciendo constar en la misma tanto el plazo de solicitud como el montante económico disponible y partidas presupuestarias que lo sustentan, así como los fondos que lo financien.

En virtud de lo expuesto y haciendo uso de las atribuciones que me confiere la disposición final primera del citado Decreto 202/2008, de 26 de septiembre,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente orden tiene por objeto establecer la convocatoria, para el año 2011, de ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) y las Agrupaciones de Cooperativas Ganaderas para la operatividad del sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  2. El periodo de operatividad del sistema de identificación sujeto a esta orden, es el comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de octubre de 2010. No obstante, también podrá solicitarse ayuda sobre identificaciones realizadas en otros periodos, siempre que se trate de animales no subvencionados en convocatorias anteriores y estén comprendidos entre el 01/01/2007 y el 31/10/2009.

Artículo 2 Beneficiarios.

Serán beneficiarios de las ayudas las ADSG y las Agrupaciones de Cooperativas Ganaderas, de ámbito regional, de la Comunidad...

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