Decreto 150/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Decreto 22/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años) y el Decreto 21/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para financiar el funcionamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años).

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad y Empleo
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y EMPLEO

DECRETO 150/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Decreto 22/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años) y el Decreto 21/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para financiar el funcionamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años). (2010040168)

El 29 de febrero de 2008 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto 22/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años).

El objeto del Decreto, tal y como se define en su artículo 1, era establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de Centros de Educación Infantil (0-3 años), con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Anualmente se viene firmando un convenio entre la Junta de Extremadura y el Ministerio de Educación, que tiene por objeto, la cofinanciación de plazas públicas del primer ciclo de Educación Infantil en el Marco del Plan Educa3.

El 4 de junio de 2009, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto 123/2009, de 29 de mayo. Este decreto supone una modificación de estas bases reguladoras, en concreto de la parte destinada a entidades públicas, con el objeto de adaptarlas a las condiciones establecidas por el Ministerio de Educación, para la financiación de plazas públicas del primer ciclo de Educación Infantil en el Marco del Plan Educa3, con el objetivo de que las entidades públicas que se van a subvencionar con los fondos procedentes del Ministerio de Educación, sean subvencionadas a través de las subvenciones establecidas en el Decreto 22/2008, de 22 de febrero.

Tras resolver la primera convocatoria de las citadas subvenciones financiadas con los Fondos provenientes del Ministerio de Educación, a través del Plan Educa3, se han detectado algunas imprecisiones en la redacción del texto así como la nueva reestructuración de competencias de la Consejería de Igualdad y Empleo, realizada a través del Decreto 64/2010, de 12 de marzo, hacen necesario una nueva modificación del mismo.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con el artículo 23.h) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Igualdad y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 2 de julio de 2010,

DISPONGO:

Artículo 1 Modificación del Decreto 22/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años).

El Decreto 22/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la creación, ampliación, adecuación y/o equipamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años), queda modificado conforme a lo dispuesto en el presente artículo.

Uno. El artículo 2 relativo a la financiación tendrá la siguiente redacción:

"1. La financiación de las subvenciones reguladas en el presente decreto se hará con cargo a las aplicaciones presupuestarias de la Comunidad Autónoma que se determinen anualmente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  1. Las ayudas destinadas a las entidades públicas serán cofinanciadas con fondos procedentes del Ministerio de Educación, a través de la suscripción del correspondiente convenio anual firmado entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la financiación de plazas públicas del primer ciclo de educación infantil en el marco del Plan Educa3.

  2. En la orden de convocatoria de cada ayuda se indicarán las correspondientes aplicaciones presupuestarias con cargo a las cuales se hará efectiva la misma.

  3. Las cantidades que se otorgan lo serán a fondo perdido, estando en todo caso afectas al fin para el que fueron concedidas.

  4. La cuantía global de los créditos presupuestarios, que habrán de ser fijados en las convocatorias periódicas de las subvenciones reguladas por el presente decreto, podrán aumentarse, antes de resolver la concesión de las mismas, en función de que existan nuevas disponibilidades...

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