Acuerdo de 10 de mayo de 2018 por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la formación práctica del Programa de Formación de Nuevos Profesionales en Comercio Exterior (FORMACOEX) para las líneas 'Formacoex Extremadura' y 'Formacoex Exterior' para el ejercicio 2018.

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EmisorExtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, Slu
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 10 de mayo de 2018 por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la formación práctica del Programa de Formación de Nuevos Profesionales en Comercio Exterior (FORMACOEX) para las líneas "Formacoex Extremadura" y "Formacoex Exterior" para el ejercicio 2018.

(2018AC0016)

El Decreto 117/2017, de 25 de julio, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la formación práctica del Programa de Formación de Nuevos Profesionales en Comercio Exterior (FORMACOEX) y Aula de Comercio. Estas ayudas tienen por finalidad dotar a los beneficiarios de las herramientas y experiencias necesarias para desempeñar las funciones de técnico de comercio nacional o internacional con las mayores garantías, ampliando así sus posibilidades de inserción en el mercado laboral.

El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del citado decreto, se realiza en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, dentro del límite de disponibilidad presupuestaria.

El órgano competente para la concesión de la ayuda será el Director General de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a propuesta del subdirector de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y previa autorización de la Secretaría General de Economía y Comercio de la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura.

La convocatoria se ajusta a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como, conforme a lo previsto en el Decreto117/2017, de 25 de julio.

Por otra parte, en virtud de la habilitación conferida por el artículo 15 del precitado decreto, 117/2017, de 25 de julio, se procede a modificar el anexo I. Instancia y anexo II. Declaración Responsable, en el marco de la correspondiente convocatoria.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 117/2017, de 25 de julio, se aprueba la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la formación práctica del Programa de Formación de Nuevos Profesionales en Comercio Exterior (FORMACOEX) para las líneas "Formacoex Extremadura" y "Formacoex Exterior", para el ejercicio 2018,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas de los programas de formación práctica, dirigida a desempleados inscritos en el Servicio Extremeño Público de Empleo, en materia de operativa de comercio exterior que pretenden dotar a los beneficiarios de las herramientas y experiencias necesarias para desempeñar las funciones de técnico de comercio internacional con las mayores garantías, ampliando así sus posibilidades de inserción en el mercado laboral.

Se contemplan las siguientes líneas de ayuda:

  1. FORMACOEX EXTREMADURA: Destinado al desarrollo de formación práctica en comercio exterior a realizar en empresas ubicadas en Extremadura.

  2. FORMACOEX EXTERIOR: Destinado al desarrollo de formación práctica en comercio exterior a desarrollar en empresas, instituciones, organismos o delegaciones de Extremadura ubicadas fuera de España.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrán tener la consideración de beneficiarios, siempre que cumplan con los requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los previstos en el presente artículo:

    - Ser mayor de edad.

    - Estar en posesión de algún Título Universitario o de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente, o de la certificación acreditativa de haberlo solicitado y tener abonados los derechos con anterioridad a la presentación de la solicitud de acceso. Se admitirán los títulos obtenidos en universidades privadas, o en el extranjero, siempre y cuando estén homologados o reconocidos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España o apostillados por Estados firmantes del Convenio de la Haya.

    - Haber superado el Curso de Formación a profesionales y a Empresas "Comercio Exterior" tutelado por la Universidad de Extremadura y organizado por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que forma parte de la formación teórica del programa FORMACOEX, o en su caso, contar con un certificado de aprovechamiento que acredite el haber superado, con anterioridad a la presentación de la solicitud de participación en la convocatoria correspondiente, una formación en comercio exterior de al menos 120 horas que aborde las siguientes materias de operativa internacional: logística internacional, medios de cobro y pago internacionales, y marketing internacional.

    - Estar en situación de desempleo e inscrito en el Servicio Extremeño Público de Empleo en el momento de presentación de la solicitud, situación que deberá mantenerse a lo largo de toda la fase de Formación Práctica.

    - No haber sido beneficiario del programa FORMACOEX o PIMEX (como colaborador), en ediciones anteriores, ni haber sido beneficiarios de entregas dinerarias sin contraprestación por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en cualquiera de sus programas de formación.

  2. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en algunas de las circunstancias previstas en el apartado segundo y tercero del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 3 Funciones a desempeñar por los beneficiarios.
  1. Durante el desarrollo de la formación práctica, los beneficiarios de la subvención se comprometen a estar en disposición de realizar las siguientes actividades en la entidad de acogida:

    1. Para FORMACOEX EXTREMADURA:

      - Realización de simulación de Plan de Marketing Internacional que contemple análisis del producto o servicio exportable, análisis externo e interno de la empresa, análisis DAFO y plan de acción internacional.

      - Entrega de cuantos informes le sean requeridos por parte de los tutores asignados al proyecto, tanto por parte de la empresa de acogida como por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.

    2. Para FORMACOEX EXTERIOR:

      - Realización de simulación de Plan de Oportunidades en el Exterior que contemple análisis del mercado, oportunidades de negocio y barreras comerciales y técnicas de acceso a dicho mercado.

      - Entrega de cuantos informes le sean requeridos por parte de los tutores asignados al proyecto, tanto por parte de la entidad de acogida como por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.

  2. Las funciones anteriormente descritas serán adaptadas tanto a la realidad y necesidades de la entidad de acogida que acoge al beneficiario, como a la duración de la formación práctica, sin perjuicio de la finalidad de las mismas, y siempre bajo la aprobación, control y seguimiento de los tutores de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, asignados a cada programa, quedando dichas actividades plasmadas en el documento denominado Plan de Trabajo.

  3. El plan de Trabajo específico inicial de cada beneficiario se concretará en una primera reunión con el beneficiario una vez haya sido aceptada la concesión, pudiéndose modificar en función del desarrollo de la formación práctica del beneficiario.

  4. El compromiso de estar en disposición de realizar las actividades anteriormente descritas quedará implícito con la aceptación de la subvención.

Artículo 4 Cuantía de la ayuda.

Las ayudas consistirán en una subvención directa mensual a los beneficiarios por los siguientes importes:

  1. Para "Formacoex Extremadura" una subvención directa mensual a los beneficiarios de 800 € por cada mes de participación en el programa con un máximo de 6 meses en 2018.

  2. Para "Formacoex Exterior", una subvención máxima de 2.823,08 € por cada mes de participación en el programa, con un máximo de 3 meses en 2018. Para la determinación de la cuantía se toma como referencia las aplicables por parte del Instituto de Comercio Exterior para sus becas en el exterior en función del destino. Los destinos se seleccionarán entre los siguientes: Berlín, Bogotá, Bruselas, Casablanca, Düsseldorf, Ciudad de Guatemala, La Habana, Lima, Lisboa, Londres, Ciudad de México, Miami, Moscú, Ciudad de Panamá, París, Roma, Santiago de Chile, Sao Paulo, Shanghai y Singapur.

Además de la subvención directa mensual, contarán con una subvención única adicional en forma de anticipo de un máximo de 2.000 € para gastos de desplazamiento en transporte colectivo o coche particular al lugar de destino de su formación práctica (coche particular sólo para el destino de Lisboa), visado y seguro de viaje y accidentes durante el periodo de la formación práctica. El importe de la subvención corresponderá al 100 % de los gastos en los que se hayan incurrido con el límite previsto en el artículo 7.b) de la presente...

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