DECRETO 33/2007, de 6 de marzo, por el que se modifica el Decreto 33/2006, de 21 de febrero, de modificación y adaptación del Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004-2007.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

DECRETO 33/2007, de 6 de marzo, por el que se modifica el Decreto 33/2006, de 21 de febrero, de modificación y adaptación del Plan deVivienda y Suelo de Extremadura 2004-2007.

Tras la entrada en vigor del Decreto 33/2006, de 21 de febrero, de modificación y adaptación del Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004/2007, la aplicación práctica del mismo ha puesto de manifiesto la necesidad de adecuar determinadas líneas de ayuda de financiación estrictamente autonómica a la realidad latente, permitiendo un mejor y más sencillo acceso a las mismas por parte de sus beneficiarios finales, los ciudadanos que pretenden acceder a una vivienda digna. Así, el incremento de los precios del suelo, tanto en pequeñas como en grandes poblaciones, por un lado, y la finalización del periodo transitorio para la aplicación del Código Técnico de la Edificación, por otro, exigen una adecuación del Plan que permita el acceso de un amplio abanico de ciudadanos tanto a las ayudas a la autopromoción como a las viviendas del Programa 60.000, ambas ayudas de carácter estrictamente autonómico. No se trata, por tanto, del desarrollo de normas legales estatales o autonómicas, sino, en un caso, de la modificación de una de las condiciones de acceso a las ayudas, y de otro, de la implantación de un nuevo concepto subvencionable, que no altera ni modifica las condiciones técnicas de las viviendas.

De este modo, en materia de ayudas a la autopromoción, la exigencia de que el valor del suelo en que se pretende construir la vivienda protegida autopromovida no exceda del 20 por ciento del coste total de la construcción hace en la práctica inviable la concesión de la ayuda a la mayor parte de los ciudadanos que la solicita, dado el importante incremento que el valor del suelo ha sufrido, de ahí que sea necesario modificar el requisito, situando la exigencia en un 40 por ciento.

Por otro lado, como es conocido, finaliza el periodo transitorio para la efectiva aplicación del Código Técnico de la Edificación, lo que va a suponer la necesidad de una serie de mejoras en las viviendas destinadas tanto al ahorro energético, como a la salubridad, seguridad de utilización y...

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