DECRETO 67/1998, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 67/1998, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Desde la primera delimitación del marco territorial de las Zonas de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura, efectuada en 1984 por Decreto 68/1984, de 6 de septiembre, ha sido necesario, para el mejor funcionamiento de los recursos sanitarios implicados y por consiguiente, de la atención a la salud de los ciudadanos prestada por ellos, varias modificaciones del mismo que se vieron plasmadas en sucesivos Decretos, Decreto 55/1985, Decreto 63/1989 y Decreto 98/1990.

Como corresponde a toda actividad que lleve implícita la ordenación sanitaria del territorio, ésta debe poseer un carácter dinámico y flexible, a fin de que sea capaz de adaptarse a los continuos cambios que se están produciendo en los ámbitos: demográfico, de accesibilidad a los servicios sanitarios y de distribución de recursos. Esto hace que el Mapa Sanitario, como instrumento necesario en orden a conseguir un mayor nivel de salud de todos los ciudadanos de la Comunidad, debe estar sujeto a aquellas variaciones que la propia planificación sanitaria detecta como recomendables para el cumplimiento de sus fines.

Una vez consolidada la Reforma de la Atención Primaria en Extremadura se ha realizado un estudio pormenorizado del inventario de recursos en el nivel primario de salud y se han identificado y estudiado las variables anteriormente citadas en todas las Zonas de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del proceso de elaboración del nuevo Plan de Salud.

Como consecuencia de dicho estudio, se han identificado algunas Zonas de Salud que por diversos motivos necesitaban una revisión de sus límites actuales.

Siendo competencia de la Comunidad Autónoma la delimitación del marco territorial de las Zonas y Areas de Salud respectivamente y siguiendo los criterios establecidos por la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, norma básica y de general...

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