Decreto 234/2012, de 4 de diciembre, por el que se crea el Consejo de Colegios Profesionales de Graduados Sociales de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 3

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 234/2012, de 4 de diciembre, por el que se crea el Consejo de Colegios Profesionales de Graduados Sociales de Extremadura. (2012040257)

El artículo 9.1.11 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de profesiones tituladas. La Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, por la cual se regulan los Colegios Profesionales y los Consejos de Colegios Profesionales que desarrollan su actuación exclusivamente en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma, establece en su artículo 22 que, cuando exista un Colegio Profesional de la misma profesión en cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá constituirse a iniciativa de uno o de ambos Colegios Profesionales el correspondiente Consejo de Colegios Profesionales de Extremadura, que será único y extenderá su ámbito a todo el territorio de la Comunidad Autónoma.

La creación del Consejo de Colegios se realiza mediante decreto, a propuesta del titular de la Consejería que ejerza las funciones de presidencia, en este caso el Consejero de Administración Pública, y es necesario que la iniciativa obtenga el acuerdo favorable de los Colegios de la misma profesión.

Corresponde, pues, al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobar la creación del Consejo de Colegios Profesionales de Graduados Sociales de Extremadura, dotando a la profesión en este ámbito de una estructura corporativa propia y adaptada a la realidad territorial diseñada por la Constitución Española, de acuerdo a la iniciativa de los Colegios Profesionales de Badajoz y Cáceres.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, instruido el expediente por la Dirección General de Administración Local, Justicia e Interior, a propuesta del Consejero de Administración Pública, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 4 de diciembre de 2012,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Creación y naturaleza jurídica.
  1. Se crea el Consejo de Colegios Profesionales de Graduados...

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