DECRETO 80/1995, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Trabajo
Rango de LeyDecreto
DISPOSICIONES FINALES PRIMERA La Consejería de Obras Públicas y Transportes dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto. Artículos PRIMERO a QUINTO

SEGUNDA: El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 31 de julio de 1995.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA El Consejero de Presidencia y Trabajo,

VICTORINO MAYORAL CORTES DECRETO 80/1995, de 31 de julio, por el que se establece la estrucutra orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,Urbanismo y Turismo.

Por Decreto del Presidente 20/1995, de 21 de julio, se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Como consecuencia del mismo, se crea la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo, con las competencias correspondientes a medio ambiente, urbanismo, ejercidas por la anterior Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Medio Ambiente y las de turismo ejercidas con anterioridad por la Consejería de Industria y Turismo.

Esta reorganización de la Administración Autonómica hace necesaria establecer la nueva estructura orgánica de la nueva Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo.

En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo y a propuesta de la de Presidencia y Trabajo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 31 de julio de 1995.

D I S P O N G O

ARTICULO PRIMERO

1.-La Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos directivos:

- Secretaría General Técnica.

- Dirección General de Medio Ambiente.

- Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

- Dirección General de Turismo.

  1. El Consejo de Dirección de la Consejería, que presidido por su titular estará formado por los Altos Cargos de la misma y el Jefe de Gabinete del Consejero.

    También podrán ser convocados cuando se juzgue necesario los titulares de otras unidades y órganos de la Consejería.

  2. El Consejero estará asistido por un Gabinete, que ejercerá las funciones de asesoramiento y apoyo y aquellas otras que especialmente se le asignen. El titular del Gabinete y los asesores tendrán la condición de eventuales, sin perjuicio de su posible relación previa con la Administración de la Comunidad Autónoma.

  3. Otros órganos adscritos a la Consejería:

    Comisión de Urbanismo de Extremadura.

    Comisión Extremeña de Medio Ambiente.

    Consejo Regional de Caza.

    Consejo de Turismo.

    En la estructura y funcionamiento de estos órganos se estará a lo...

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