Orden de 11 de marzo de 2014 por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes para el reconocimiento del Nivel Inicial y Nivel 1 de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con base únicamente al ejercicio profesional.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyOrden

ORDEN de 11 de marzo de 2014 por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes para el reconocimiento del Nivel Inicial y Nivel 1 de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con base únicamente al ejercicio profesional. (2014050047)

Con el objetivo de dar cumplimiento a las previsiones contenidas la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, relativas a las distintas modalidades de carrera profesional de los empleados públicos, el artículo 26 de la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2008, estableció la posibilidad de desarrollar la carrera profesional horizontal, indicando que "con el objeto de que pueda ser retribuida la progresión alcanzada por los empleados públicos dentro del sistema de carrera administrativa y el interés, iniciativa o esfuerzo con que realicen su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos que deberán quedar acreditados mediante la evaluación del desempeño correspondiente y las mejoras en los planes de acción social, a medida que se alcancen los acuerdos en estas materias a través de la negociación con las centrales sindicales más representativas en el ámbito de la función pública de Extremadura y dichos acuerdos sean finalmente adoptados por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, se habilitarán, en su caso, las dotaciones presupuestarias para tales fines".

En este marco, con fecha 15 de septiembre de 2008, se firmó el Acuerdo entre la Junta de Extremadura y los sindicatos más representativos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre los criterios generales de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de dicho ámbito, previa autorización del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 12 de septiembre de 2008, que se amplió a través de una Adenda posterior, de fecha 29 de diciembre de ese mismo año, por la que se incluía dentro de su ámbito de aplicación a los trabajadores laborales indefinidos.

En orden consecutivo, la Ley 5/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2009, llevó a cabo importantes modificaciones en...

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