Orden de 7 de mayo de 2014 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2014/2015.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

ORDEN de 7 de mayo de 2014 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2014/2015. (2014050098)

La Junta de Extremadura, en el ejercicio de las competencias en materia de enseñanzas universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma asumidas por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, apuesta claramente por la diversificación, especialización y calidad del servicio que la Universidad de Extremadura ha de prestar a la sociedad extremeña.

Por Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se produce el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria.

Todas estas competencias se atribuyen a la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura por Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se determina la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En cumplimiento de lo dispuesto por el Estatuto de Autonomía de Extremadura en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.1.26, y dentro de una política de promoción dirigida a que los jóvenes extremeños puedan acceder en condiciones de igualdad a los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado superior y a la Universidad, se adoptan, entre otras, medidas que faciliten el alojamiento de los estudiantes en las ciudades extremeñas a las que se han de desplazar para cursar dichos estudios, proporcionándoles asimismo los medios necesarios para una adecuada formación y la posibilidad de disfrute de otras actividades recreativas, formativas y culturales complementarias a su actividad estudiantil.

Anualmente la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria ha venido realizando la convocatoria de plazas para las Residencias Universitarias dependientes de la Junta de Extremadura para el curso académico correspondiente. Este año, con el fin de optimizar los recursos residenciales existentes, se incluye como destinatarios potenciales de la presente convocatoria a los estudiantes de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior.

En su virtud y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Convocatoria.

La presente orden convoca y regula la oferta de plazas para estudiantes universitarios y de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior en régimen de residentes internos durante el curso 2014/2015 en las siguientes Residencias Universitarias dependientes de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura:

  1. Residencia Universitaria Juan XXIIIŽ, Ronda del Pilar, 18. 06002 Badajoz. Teléfonos: 924012890. Fax: 924012909.

  2. Residencia Universitaria Diego Muñoz TorreroŽ. Ronda de San Francisco, 2. 10002

    Cáceres. Teléfonos: 927 006888 - 006889 - 006890. Fax: 927 006892.

  3. Residencia Universitaria Mario Roso de LunaŽ. Avda. de la Universidad, s/n. 10004 Cáceres. Teléfonos: 927 006898 - 006899 - 006900. Fax: 927 006902.

  4. Residencia del Complejo Educativo de Plasencia. Avda. Virgen del Puerto, 2. 10600 - Plasencia. Teléfonos: 927 017003. Fax: 927 017002.

    Toda la información referente a las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura (descripción, fotos, normativa, actividades, etc.) se encuentra disponible en la página web residencias.gobex.es.

Artículo 2 Plazas de residentes universitarios.
  1. Para estudiantes universitarios, en régimen de residentes internos, de ambos sexos, se oferta el siguiente número de plazas:

    1. Residencia Universitaria Juan XXIIIŽ, de Badajoz: 80 plazas en habitaciones individuales.

    2. Residencia Universitaria Diego Muñoz TorreroŽ, de Cáceres: 171 plazas en habitaciones dobles.

    3. Residencia Universitaria Mario Roso de LunaŽ, de Cáceres: 120 plazas en apartamentos de 13 personas (en habitaciones dobles).

    4. Residencia del Complejo Educativo de Plasencia: 60 plazas en habitaciones dobles.

  2. Dentro de esta convocatoria, y dirigido a alumnos que realicen un Máster en la Universidad de Extremadura, se podrá disponer de 3 plazas en la Residencia Juan XXIIIŽ, 6 plazas en la Residencia Diego Muñoz TorreroŽ, 6 plazas en la Residencia Mario Roso de Luna y 2 plazas en el Complejo Educativo de Plasencia. Estos alumnos deberán presentar solicitud acompañada de la misma documentación económica requerida para el turno general, y las solicitudes serán ordenadas por la nota media de la carrera cursada en cada caso. Estas plazas se encuentran incluidas dentro del total de las plazas ofertadas, por tanto, si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria, se incorporarán al régimen general de adjudicación de plazas.

  3. En esta convocatoria se reservarán 2 plazas en cada una de las Residencias antes citadas para ser ocupadas por estudiantes deportistas extremeños, de Alto Nivel, Alto Rendimiento o que sean Promesas Olímpicas o Paralímpicas debidamente acreditadas estas condiciones por el órgano correspondiente, si lo solicitaran. Si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria, se incorporarán al régimen general de adjudicación de plazas.

  4. En esta convocatoria se reservarán 3 plazas en cada una de las Residencias antes citadas para ser ocupadas por estudiantes procedentes de situaciones de desprotección social, que

    serán tramitadas a través de la Dirección General de Política Social y Familia de la Consejería de Salud y Política Social acompañadas de un informe de la propia Dirección General. Si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria, se incorporarán al régimen general de adjudicación de plazas.

  5. De la misma forma, se reservarán en esta convocatoria 2 plazas en cada una de las Residencias antes citadas para ser ocupadas por estudiantes discapacitados que posean autonomía personal y tengan reconocido un grado de minusvalía mínimo del 33 % debidamente certificado por el organismo correspondiente. Si estas plazas no se adjudicaran en el momento de resolución de la convocatoria, se incorporarán al régimen general de adjudicación de plazas.

  6. Así mismo, y para el programa Erasmus de movilidad de estudiantes, se podrá disponer de plazas en todas las Residencias Universitarias siempre y cuando existan plazas libres en las mismas después del proceso de adjudicación general resultante de la resolución de la presente convocatoria. La cobertura de estas plazas se realizará a través de la Universidad de Extremadura (Servicio de Relaciones Internacionales).

  7. A fin de desarrollar programas específicos de colaboración con la Universidad de Extrema -dura, la Dirección General de Formación Profesional y Universidad podrá disponer de 1 plaza en la Residencia Juan XXIIIŽ y 6 plazas en la Residencia Diego Muñoz TorreroŽ, que no se encuentran incluidas en el total de las plazas ofertadas.

Artículo 3 Plazas de residentes de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
  1. Para estudiantes que cursan Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, en régimen de residentes internos, de ambos sexos, se reservarán las siguientes plazas:

    Residencia del Complejo Educativo de Plasencia: 6 plazas en habitaciones dobles.

  2. De estas plazas se reservará el 20 % de las mismas para los alumnos procedentes de pruebas de acceso directo y el 80 % restante para los alumnos procedentes de bachillerato.

  3. Las plazas que no se cubran en el momento del comienzo del curso en el turno de pruebas de acceso directo se acumularán a las plazas ofertadas para alumnos procedentes de bachillerato.

  4. En las Residencias Universitarias Juan XXIIIŽ de Badajoz y Diego Muñoz TorreroŽ de Cáceres sólo podrán optar a una plaza los alumnos que hayan sido residentes en dichos centros durante el curso 2013/2014.

  5. Las plazas que no se cubran en el momento del comienzo del curso de las establecidas en este artículo 3 se acumularán a las plazas ofertadas para estudiantes universitarios descritas en el artículo 2.

Artículo 4 Solicitantes.
  1. Podrá concederse plaza en las Residencias reguladas por esta convocatoria a los alumnos de la Universidad de Extremadura que se matriculen durante el curso académico

    2014/2015 en las titulaciones vigentes (con un mínimo de 42 créditos, tanto en la primera titulación como en las sucesivas).

  2. También podrá, en su caso, concederse plaza en las Residencias reguladas por esta convocatoria a los alumnos que cursen Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior durante el curso 2014/2015 (con matrícula de curso completo y que cumplan dieciocho años en el año de la convocatoria).

    Los solicitantes provenientes de Bachillerato y Formación Profesional de Grado Superior deberán haber aprobado todas las asignaturas del curso académico 2013/2014 en la convocatoria ordinaria.

  3. No obtendrán plaza aquellos solicitantes que hubieran sido expulsados de cualquiera de las Residencias Universitarias cuyas plazas se convocan por esta orden.

Artículo 5 Características de las plazas.
  1. Para los alumnos universitarios, el periodo de estancia en...

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