Resolución de 7 de noviembre de 2013, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación a través del SEXPE y la Diputación de Cáceres sobre concesión de subvención para propiciar, en el ámbito del empleo, la promoción y el desarrollo local, en colaboración con las Diputaciones Provinciales mediante el apoyo a la ejecución de obras municipales que contribuyan a la consolidación del tejido empresarial y la mejora de las infraestructuras locales.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2013, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación a través del SEXPE y la Diputación de Cáceres sobre concesión de subvención para propiciar, en el ámbito del empleo, la promoción y el desarrollo local, en colaboración con las Diputaciones Provinciales mediante el apoyo a la ejecución de obras municipales que contribuyan a la consolidación del tejido empresarial y la mejora de las infraestructuras locales. (2013061917)

Habiéndose firmado el día 17 de octubre de 2013 Convenio entre la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación a través del SEXPE y la Diputación de Cáceres sobre concesión de subvención para propiciar, en el ámbito del empleo, la promoción y el desarrollo local, en colaboración con las Diputaciones Provinciales mediante el apoyo a la ejecución de obras municipales que contribuyan a la consolidación del tejido empresarial y la mejora de las infra estructuras locales, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.º del Decreto 1/1994, de 25 de enero, sobre creación y funcionamiento del Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figura como Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 7 de noviembre de 2013.

La Secretaria General,

PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 de agosto), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN A TRAVÉS DEL SEXPE Y LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES SOBRE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA PROPICIAR, EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO, LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO LOCAL, EN

COLABORACIÓN CON LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES MEDIANTE EL APOYO A LA EJECUCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES QUE CONTRIBUYAN A LA CONSOLIDACIÓN DEL

TEJIDO EMPRESARIAL Y LA MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS LOCALES

En Mérida, a 17 de octubre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, D. José Antonio Monago Terraza, Presidente de la Comunidad Autónoma de

Extremadura, en virtud de nombramiento mediante Real Decreto 975/2011, de 7 de julio (DOE n.º 131, de 08/07/2011), con competencia para la firma del presente Convenio en virtud del artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Co mu -nidad Autónoma de Extremadura, una vez autorizada su suscripción mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 15 de octubre de 2013.

De otra, D. Laureano León Rodríguez, Presidente de la Diputación Provincial de Cáceres, actuando en nombre y representación de la misma, de conformidad con la atribución de competencias establecida en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local (BOE n.º 80, de 3 de abril).

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio y en su virtud,

EXPONEN

Que la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo establece que el Gobierno y las Comu -nidades Autónomas adoptarán, de acuerdo con los preceptos constitucionales y estatutarios, así como con los compromisos asumidos en el ámbito de la Unión Europea y en la Estrategia Española de Empleo, programas específicos destinados a fomentar el empleo de las personas con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo, entre ellas el colectivo de parados de larga duración, en el marco del Sistema Nacional de Empleo. Dichas políticas de empleo, deberán tener en cuenta su dimensión local, con la finalidad de ajustarlas a las necesidades concretas de cada territorio, de manera que se favorezca la generación de empleo en este ámbito, pudiendo establecer a tal efecto los mecanismo de colaboración oportunos con las entidades que integran la administración local.

La preocupación por el desarrollo de políticas que fomenten el pleno empleo se recoge así mismo en nuestra normativa autonómica. En este sentido, el artículo 7.5 del Estatuto de Autonomía, dispone que los poderes públicos regionales adoptarán activamente todo tipo de políticas para la consecución del pleno empleo, especialmente mediante medidas que promuevan la inversión productiva.

Por su parte, la Ley 5/1990, de 30 de noviembre, de relaciones interadministrativas de las Diputaciones provinciales y la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 10.1 que, a los efectos del artículo 59.4 de nuestra norma institucional básica, se declaran de interés general de Extremadura determinadas funciones propias de las Diputaciones

Provinciales, tales como las orientadas hacia la ordenación del territorio, construcción y conservación de caminos y vías locales y comarcales, o encauzamiento y rectificación de cursos de agua, así como también la promoción del empleo.

Por su parte la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece en su artículo 57.3, que la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y la Administración de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las Leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban.

El artículo 4.i) de los Estatutos del SEXPE, aprobados por Decreto 26/2009, de 27 de febrero, modificado por Decreto 9/2013, de 19 de febrero, incluye entre las funciones del Servicio Extremeño Público de Empleo, "propiciar, en el ámbito del empleo, la promoción y el desarrollo local, según las necesidades de cada territorio, y en colaboración con las Adminis -traciones Locales".

En el actual contexto socioeconómico cobra especial significado la importancia de establecer una estrecha colaboración entre la administración autonómica y la local, conscientes ambas de la necesidad de apostar por políticas que promuevan y ayuden a la generación de empleo en el ámbito local, habida cuenta de las devastadoras consecuencias que el desempleo está generando en la sociedad extremeña, y de las dificultades por las que están atravesando la mayor parte de las entidades locales de nuestra Comunidad Autónoma.

Quedan excluidos del listado de municipios beneficiarios de la ejecución de las obras, los municipios de más de 20.000 habitantes, al ir destinadas estas medidas a favorecer la creación de empleo en el ámbito rural.

Por ello, la Junta de Extremadura a través del SEXPE, contempla una línea de ayudas en forma de subvención a la Diputación Provincial de Cáceres por un importe total de 8.918.000 €, con la finalidad de generar empleo mediante la financiación de la realización y desarrollo de obras en el ámbito municipal que contribuyan a la consolidación del tejido empresarial y a la mejora de las infraestructuras locales, y tendrá como condición especial de ejecución la obligación de que la mano de obra que la empresa precise contratar para complementar los recursos humanos de los que disponga en plantilla, para la ejecución del contrato reúna la condición de desempleada de larga duración.

Por lo expuesto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/2002 de 28 de febrero del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se suscribe el presente Convenio con la Diputación Provincial de Cáceres , con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

El presente Convenio tiene por objeto establecer los mecanismos de colaboración entre la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la generación de empleo, mediante la financiación de la ejecución de obras en el ámbito local que contribuyan al desa-

rrollo del tejido empresarial y la mejora de las infraestructuras en dicho ámbito, a través de la contratación de desempleados de larga duración.

Serán objeto de financiación los contratos de obras definidos en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

SEGUNDA. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN.

El procedimiento de concesión de la subvención objeto de este Convenio es el de concesión directa previsto en el artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011 de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el 32.1.b) de citada ley.

El recurso a este procedimiento de carácter excepcional se justifica en las especiales circunstancias de crisis económica que vienen afectando en los últimos años a todos los sectores productivos de nuestra Comunidad Autónoma, y que son determinantes del alto índice de población desempleada. Así lo reflejan los datos oficiales ofrecidos por la EPA relativos al último trimestre, que señalan que de una población total en Extremadura de 905.333 personas con edad superior a 16 años, la tasa de actividad solamente alcanza a 509.439, de los cuales sólo 337.806 se encuentran ocupados, mientras que los 171.634 restantes están parados. El resto, 395.894 no desarrolla ningún tipo de actividad.

A la vista de lo expuesto, resulta indispensable un esfuerzo por parte de la...

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