Resolución de 3 de agosto de 2017, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la empresa TXT Ingeniería, SL, para la realización de prácticas no laborales.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2017, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la empresa TXT Ingeniería, SL, para la realización de prácticas no laborales. (2017061753)

Habiéndose firmado el día 29 de junio de 2017, el Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la empresa TXT Ingeniería, SL, para la realización de prácticas no laborales, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

Mérida, 3 de agosto de 2017.

La Secretaría General,

PD El Jefe de la Unidad de Régimen Jurídico y Relaciones Consultivas, (Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre), JESÚS RICO RODRÍGUEZ

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO

PÚBLICO DE EMPLEO Y LA EMPRESA TXT INGENIERIA, S.L., PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS NO LABORALES

En Mérida a 29 de junio de 2017.

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Juan Pedro León Ruiz, nombrado Director Gerente del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), mediante Decreto 218/2015, de 24 julio (DOE extraordinario n.º 3, 25 julio) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 1/2002 Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el apartado SÉPTIMO f) de la Resolución de la Consejera de Educación y Empleo, de 2 de octubre de 2015 (DOE n.º 202 de 20 de octubre) por la que se delegan competencias en diversas materias.

Y de otra, don Ramón Salas de la Cruz con NIF 8.857.026-W ( Ingeniero de Caminos Canales y Puertos) y Don Antonio Laserna Escudero con NIF 6.991.062-M (Ingeniero de Obras Públicas e Ingeniero Civil), con domicilio a efectos de la realización de las prácticas en Badajoz, en C/ Luis Álvarez Lencero n.º 3, 7.ª PL, OF 13 de Badajoz, ambos como Administradores Solidarios de la Empresa TXT Ingeniería, S.L.

Ambos, se reconocen recíprocamente capacidad jurídica y de obrar bastante para obligarse en los términos recogidos en el presente Convenio y a tales efectos,

MANIFIESTAN

Primero. Que el Servicio Extremeño Público de Empleo, en adelante SEXPE, creado por la Ley 7/2001, de 14 de junio, es el organismo autónomo de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica pública y privada, que, en régimen de descentralización funcional y en ejecución de los programas específicos de la Consejería de Educación y Empleo, es competente para la realización de todas aquellas actividades de fomento, formación para el empleo, orientación e intermediación en el mercado laboral, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Que conforme a lo previsto en el artículo 4 de sus Estatutos, aprobados por Decreto 26/2009, de 27 de febrero, modificado por el Decreto 9/2013, de 19 de febrero, el SEXPE desarrollará, entre otras funciones, el fomento de las condiciones que propicien la mejora de la ocupabilidad de las personas desempleadas, estando expresamente autorizado para formalizar acuerdos y convenios de colaboración con cualquier persona jurídica, pública o privada, que tengan como fin específico, entre otras materias, el fomento del empleo, la formación para el empleo y la orientación e intermediación...

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