Resolución de 25 de julio de 2017, de la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, por la que se publica el Programa Operativo de Desarrollo Regional de Extremadura 2014-2020.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2017, de la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, por la que se publica el Programa Operativo de Desarrollo Regional de Extremadura 2014-2020. (2017061766)

Mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 13 de agosto de 2015, se aprueba el Programa Operativo de Desarrollo Regional de Extremadura 2014-2020, en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinada a Extremadura en España.

Conforme a lo establecido en Memoria Ambiental del PO FEDER Extremadura 2014-2020, de 15 de abril de 2015, la autoridad competente pondrá el PO a disposición del órgano ambiental, de las Administraciones públicas afectadas, del público y de los Estados miembros que hubieran sido consultados.

Teniendo en cuenta que el PO FEDER Extremadura 2014-2020 fue sometido al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, procede dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 15 del Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la publicación en el DOE de la presente resolución, en la que se incluyen como Anexo I de la misma, la Decisión de Ejecución de la Comisión, aprobando el PO y como Anexo II, la información solicitada en el apartado 2, del citado artículo.

Adicionalmente a lo anterior, se considera necesario dar publicidad, mediante la presente resolución, el PO FEDER Extremadura 2014-2020, por la trascendencia que su implementación ha de tener para las administraciones, los sectores afectados y ciudadanos, y en definitiva, para la sociedad en general. Pero debido a la extensión del PO, éste no se reproduce en esta resolución, sino que estará disponible en la web de la Secretaría General de presupuestos y Financiación, en el siguiente enlace: http://www.gobex.es/ddgg002/64

En consecuencia, para general conocimiento, se dispone la publicación de la citada decisión de aprobación, que se acompaña como Anexo a la presente resolución.

Europeo de

Una manera de hacer

Fondo

Desarrollo

Regional

Europa

ANEXO I Artículos 1 a 5

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN DE 13 DE AGOSTO DE 2015, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA OPERATIVO DE DESARROLLO

REGIONAL DE EXTREMADURA 2014-2020

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo1, y, en particular, su artículo 29, apartado 4 y en su artículo 96, apartado 10,

Considerando lo siguiente:

(1) El 22 de julio de 2014, España presentó, a través del sistema de intercambio electrónico de datos de la Comisión («SFC 2014»), el programa operativo «Extremadura» para recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del objetivo de inversión para el crecimiento y el empleo destinadas a Extremadura en España.

(2) El programa operativo cumple las condiciones establecidas en la letra a) del primer párrafo del artículo 90, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013.

(3) España ha elaborado el programa operativo en cooperación con los socios a los que se hace referencia en el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 y con la Comisión.

(4) De conformidad con el artículo 29 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, la Comisión evaluó el programa operativo el 24 de noviembre de 2014 y ha hecho observaciones conforme a lo dispuesto en el apartado 3 de ese mismo artículo. España proporcionó información adicional y presentó su programa operativo revisado el 7 de agosto de 2015.

(5) La Comisión ha llegado a la conclusión de que el programa operativo contribuye a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y a la cohesión económica, social y territorial, y es coherente con el Reglamento (UE) n.º 1303/2013, el Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo2, y el contenido del acuerdo de asociación con España, aprobado mediante la Decisión C(2014) 8076 de la Comisión, de 30 de octubre de 2014.

Europeo de

Una manera de hacer

Fondo

Desarrollo

Regional

Europa

(6) El programa operativo contiene todos los elementos contemplados en el artículo 27, apartados 1 a 6, cumple con lo dispuesto en el artículo 96, apartados 1 a 7, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 y ha sido elaborado de conformidad con el modelo que figura en el...

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