Resolución de 10 de abril de 2018, del Consejero, por la que se dispone el nombramiento de un miembro del Consejo Económico y Social de Extremadura en representación del Tercer Sector de Acción Social perteneciente al Grupo Tercero.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConsejerÍA de EconomÍA e Infraestructuras
Rango de LeyResolución

II AUTORIDADES Y PERSONAL

  1. - NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2018, del Consejero, por la que se dispone el nombramiento de un miembro del Consejo Económico y Social de Extremadura en representación del Tercer Sector de Acción Social perteneciente al Grupo Tercero. (2018060985)

La Ley 3/1991, de 25 de abril, crea el Consejo Económico y Social de Extremadura y lo configura como órgano consultivo del Gobierno regional en las materias de orden económico y social.

Por el Decreto 18/1993, de 24 de febrero (DOE núm. 28, de 6 de marzo), modificado por el Decreto 251/2000, de 19 de diciembre (DOE núm. 150, de 26 de diciembre), se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social.

La Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modifica el artículo 3 de la Ley 3/1991, de 25 de abril, sobre creación del Consejo Económico y Social, dándole una nueva redacción, estableciendo en su párrafo primero que el Consejo estará integrado por 25 miembros, incluido su Presidente. De ellos, ocho compondrán el Grupo Primero en la representación de las organizaciones sindicales, ocho el Grupo Segundo, en representación de las organizaciones empresariales, y ocho el Grupo Tercero, correspondiendo uno de ellos al sector agrario, uno a Usuarios y Consumidores, uno al sector de la economía social, uno a la Universidad, uno al Tercer Sector de Acción Social, uno al Consejo de la Juventud, siendo los dos restantes expertos en las materias competencias del Consejo.

Así mismo, este artículo en su apartado 4.e) establece que el miembro del Consejo representante del Grupo Tercero perteneciente al Tercer Sector de Acción Social será propuesto por la Plataforma del Tercer Sector de Extremadura.

De conformidad con el artículo 4.1, párrafo segundo, de la citada ley, los miembros del Consejo designados o propuestos por las entidades y asociaciones a que se refiere el artículo 3, serán nombrados por el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, a quien comunicarán, dichas entidades y asociaciones, la designación o propuesta de los correspondientes miembros.

La referencia al Consejero de Economía y Hacienda debe entenderse realizada al Consejero de Economía e Infraestructuras, en virtud del artículo 13 del Decreto 181/2017, de...

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