Resolución de 17 de octubre de 2012, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2012, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros. (2012061642)

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional sexta , apartado 1, determina que, entre otras, es base del régimen estatutario del personal funcionario público docente la provisión de puestos mediante concurso de traslados de ámbito estatal.

En el apartado 3 de esta misma disposición, se establece la obligación para las Adminis tra -ciones educativas de convocar periódicamente concursos de traslados de ámbito estatal, a efectos de proceder a la provisión de las plazas vacantes que determinen en los centros docentes de enseñanza dependientes de aquellas, así como para garantizar la posible concurrencia del personal funcionario de su ámbito de gestión a plazas de otras Administraciones educativas y, en su caso, si procede, la adjudicación de aquellas que resulten del propio concurso. En estos concursos podrá participar todo el personal funcionario docente, cualquiera que sea la Administración educativa de la que dependa o por la que haya ingresado, siempre que reúna los requisitos generales y los específicos que, de acuerdo con las respectivas relaciones de puestos de trabajo establezcan dichas convocatorias.

El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, en su artículo 7, que con carácter bienal las Administraciones educativas convocarán concursos de traslados de ámbito estatal, a efectos de proceder a la provisión de las plazas o puestos vacantes que determinen. Celebrados los últimos concursos de ámbito estatal en el curso 2010/2011, procede realizar de nuevo en el presente curso la convocatoria de los mismos conforme a la regulación establecida en dicha norma.

A este respecto, el real decreto antes citado, en su artículo 8, determina que en el primer trimestre del curso escolar en que vayan a celebrarse estos concursos, el Ministerio de Educación, previa consulta con las Administraciones educativas, establecerá las normas procedimentales necesarias para permitir la celebración coordinada de los mismos, a fin de asegurar la efectiva participación en condiciones de igualdad de todo el personal funcionario docente. Estas normas se referirán a los plazos comunes a que deben ajustarse las convocatorias, al modelo básico de instancia, a la fecha en que tendrá lugar la toma de posesión de los destinos adjudicados por la resolución de las mismas, y, determinarán, igualmente, las especificaciones del baremo único de méritos que deban contener.

De conformidad con la Orden ECD/2107/2012, de 27 de septiembre (BOE. núm 240, de 5 de octubre) por la que se establecen normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2012/2013, para personal

funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de Educación que imparte las enseñanzas escolares del sistema educativo y de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y de Inspectores de Educación y existiendo plazas vacantes en los centros docentes cuya provisión debe hacerse entre los funcionarios de los Cuerpos que a continuación se citan, esta Dirección General de Personal Docente ha dispuesto convocar concurso de traslados de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera. Objeto.

1.1. Se convoca concurso de traslados, de acuerdo con las especificaciones que se citan en la presente resolución, para la provisión de plazas vacantes entre funcionarios docentes de los Cuerpos de:

- Catedráticos de Enseñanza Secundaria (0511)

- Profesores de Enseñanza Secundaria (0590)

- Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas (0512)

- Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (0592)

- Catedráticos de Música y Artes Escénicas (0593)

- Profesores de Música y Artes Escénicas (0594)

- Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño (0513)

- Profesores de Artes Plásticas y Diseño (0595)

- Profesores Técnicos de Formación Profesional (0591)

- Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (0596)

- Maestros (0597)

Todas las referencias al profesorado y a situaciones para las que en esta resolución se utiliza la forma del masculino genérico deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y hombres.

1.2. Este concurso se regirá por las siguientes disposiciones:

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de 2006, de Educación; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, en aquellos artículos que siguen vigentes mientras se dicta el desarrollo normativo del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre; Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero; Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre; Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre; Real Decreto 777/1998, de 30 de abril; Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre; Real Decreto 989/2000, de 2 de junio; Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, modificado por Ley 5/1995, de 20 de abril, y Decreto 43/1996, de 26 de marzo.

1.3. Anexos a los que se alude en la presente convocatoria:

- Anexo I. Baremo de méritos.

- Anexo II-a). Relación de Institutos de Educación Secundaria e Institutos de Educa -ción Secundaria Obligatoria.

- Anexo II-b). Relación de Centros Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial.

- Anexo II-c). Relación de IES, IESO y Secciones adscritas a IES con puestos de trabajo a proveer por funcionarios del Cuerpo de Maestros.

- Anexo III-a). Relación de Equipos Generales de Orientación Educativa y Psico pe -dagógica, Equipos Específicos y Equipos de Atención temprana. Secundaria.

- Anexo III-b). Relación de Equipos Generales de Orientación Educativa y Psicope -dagógica, Equipos Específicos y Equipos de Atención temprana. Primaria.

- Anexo IV-a). Relación de Centros de Educación permanente de Adultos. Secundaria.

- Anexo IV-b). Relación de Centros de Educación permanente de Adultos. Primaria.

- Anexo V. Centros Públicos de Educación Especial. Secundaria.

- Anexo VI. Relación de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria acogidos al Convenio con "The British Council".

- Anexo VII. Relación de Centros de Educación permanente de Adultos con plazas de carácter singular en Instituciones Penitenciarias.

- Anexo VIII. Escuelas Oficiales de Idiomas.

- Anexo IX. Conservatorios Oficiales de Música.

- Anexo X. Escuelas de Arte.

- Anexo XI. Itinerancias.

- Anexo XII. Relación de especialidades y/o tipos de plaza de los diferentes cuerpos docentes:

XII-a). Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria.

XII-b). Profesores Técnicos de Formación Profesional.

XII-c). Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idioma.

XII-d). Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

XII-e). Profesores de Música y Artes Escénicas.

XII-f). Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

XII-g). Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

XII-h). Maestros.

Todos los anexos citados se encontrarán publicados en la siguiente dirección de internet: http://profex.educarex.es/profex/ (Concursos de traslados).

Segunda. Plazas convocadas y determinación de las mismas.

2.1. Las plazas que se convocan serán, al menos, las vacantes existentes o que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2012 en las plantillas orgánicas de los centros previstas para el curso 2012/2013, así como aquellas que resulten de la resolución del con-

curso en cada Cuerpo por el que se concurra, siempre que en cualquiera de los casos la continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa y en función de los criterios de estabilidad del profesorado en un mismo centro.

2.2. No serán objeto de concurso las plazas cuyo funcionamiento no se encuentre previsto en la planificación escolar o cuando de forma motivada se establezca la no inclusión en el concurso. Asimismo tampoco serán objeto de provisión en el presente concurso las resultas de puestos correspondientes a funcionarios que están impartiendo materias no lingüísticas en centros con secciones bilingües.

2.3. La determinación provisional y definitiva de estas vacantes se realizará en las fechas previstas en el apartado quinto de la Orden ECD/2107/2012, de 27 de septiembre (BOE núm. 240, de 5 de octubre) y será objeto de publicación en el Portal del Docente de Extremadura http://profex.educarex.es/profex/ (Plantillas). Asimismo la publicación de vacantes definitiva será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

2.4. El personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño participará en los concursos de provisión de puestos conjuntamente con el personal funcionario de los cuerpos de profesores de los niveles correspondientes, a las mismas vacantes, sin perjuicio de los méritos específicos que les sean de aplicación por su pertenencia a los mencionados cuerpos de catedráticos.

Tercera. Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria.

Los funcionarios pertenecientes a estos Cuerpos podrán solicitar las siguientes plazas:

3.1. Plazas correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, según los tipos que se indican en el Anexo XII-a), existentes en los Centros, los Equipos de Orientación...

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