Orden de 13 de diciembre de 2016 por la que se establecen y convocan los Premios de Cultura Emprendedora en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2016/2017.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyOrden

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

ORDEN de 13 de diciembre de 2016 por la que se establecen y convocan los Premios de Cultura Emprendedora en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2016/2017. (2016050429)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización, y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura. Estas competencias se atribuyen a la Consejería de Educación y Empleo por Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 129, de 7 de julio).

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 89 que las Administraciones educativas podrán establecer, por sí mismas o en colaboración con otras entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares.

La Ley 4/2011 de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, dedica el Capítulo IV del Título IV a los aspectos prioritarios en el currículo y el artículo 81 a la capacidad emprendedora. Entre las actuaciones que la Administración llevará a cabo para satisfacer este fin se encuentran el establecimiento de programas de promoción de iniciativas emprendedoras e incorporar los valores del espíritu empresarial y de la responsabilidad social en el sistema educativo.

En esta línea la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, delimita el concepto de emprendedor, haciendo referencia expresa al emprendimiento en la enseñanza primaria y secundaria.

En este mismo sentido, el Real Decreto 1147/2011 de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo establece en su artículo 22 los tipos de módulos profesionales que incluirán los ciclos formativos, desarrollando en el artículo 24 el módulo profesional de empresa e iniciativa emprendedora.

Cultura Emprendedora es el primer ejemplo de la transversalidad con la que está trabajando la Junta de Extremadura, recuperando la filosofía del Gabinete de Iniciativa Joven, con el que Extremadura obtuvo tantos reconocimientos a nivel nacional e internacional.

Para rentabilizar el trabajo que se viene realizando desde 2004, la Cultura Emprendedora se convierte en una de las áreas de trabajo de Iniciativa Joven, cubriendo el hueco existente entre la educación formal y otros servicios que ofrece la Junta de Extremadura.

Es por esto por lo que la Administración regional apuesta por un itinerario de formación emprendedora contando con la implicación de la Consejería de Educación y Empleo, la Consejería de Economía e Infraestructuras y con la Presidencia de la Junta de Extremadura.

Se hace preciso, pues, difundir la experiencia emprendedora y reconocer sus logros en el ámbito de la enseñanza secundaria y postobligatoria, estableciendo a tal fin una serie de premios que afiancen entre la comunidad educativa iniciativas de este género, creando en nuestro alumnado una cultura emprendedora que luego pueda ser trasladada con éxito al mundo profesional.

Los premios establecidos por esta orden regulados en el capítulo segundo (Expertemprende), de acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la misma.

Por todo ello, y en virtud de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer y convocar los Premios de Cultura Emprendedora denominados Expertemprende dirigidos a proyectos presentados por centros que impartan Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio y Superior, para el curso académico 2016/2017.

Con estos premios se persigue fomentar y promover la iniciativa y la cultura emprendedora entre el alumnado de esta etapa de los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 2 Financiación.

El importe máximo destinado a estos premios es de 32.000 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria 13.03.222B.481.00, superproyecto 2016130039005 "fomento de iniciativas emprendedoras", proyecto 201613003006 "concurso Expertemprende", de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2017.

Artículo 3 Finalidad.

Los premios Expertemprende reconocen los proyectos desarrollados dentro de una actividad de cultura emprendedora organizada por la Consejería de Educación y Empleo, en colaboración con la Consejería de Economía e Infraestructuras y la Presidencia de la Junta de Extremadura, para el alumnado de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior de todos los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 4 Procedimiento de concesión.

Los premios Expertemprende se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica por orden de la Consejería de Educación y Empleo, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 5 Beneficiarios.
  1. Podrá ser beneficiario de estos premios el alumnado matriculado en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan Formación Profesional de Grado Medio (modalidad A) y Formación Profesional de Grado Superior (modalidad B) de la Comunidad Autónoma de Extremadura, organizados en equipos de dos a cuatro estudiantes bajo la supervisión de un coordinador, profesor del centro educativo, que contarán con el apoyo de los técnicos involucrados en el programa. Dicho coordinador, con carácter previo, deberá haber inscrito al grupo en la web del programa culturaemprendedora.extremaduraempresarial.es al inicio del correspondiente curso escolar.

  2. La inscripción en plazo en dicho programa será necesaria para, en su día, optar a estos premios. Además, será requisito indispensable el compromiso de participación, firmado por la dirección del centro.

  3. No podrán participar en estos premios aquellos alumnos que con anterioridad hayan presentado un proyecto igual o similar en convocatorias anteriores de este mismo ámbito del emprendimiento y cuyo objeto haya sido el mismo que esta orden convoca.

Artículo 6 Solicitud de Inscripción.
  1. Los centros que hayan constituido equipos de estudiantes en el programa Expertemprende podrán presentar las solicitudes de inscripciones formalizándolas según el modelo del Anexo I de la presente orden, que irán dirigidas al titular del Servicio de Formación Profesional Reglada de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad.

  2. Cada centro deberá presentar una solicitud de inscripción por cada equipo participante.

  3. Dichas solicitudes de inscripción podrán presentarse en cualquiera de los registros y...

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