RESOLUCIóN de 20 de abril de 2007, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de parque eólico 'San Nicolás', en los términos municipales de Higuera de la Serena, Zalamea de la Serena y Valle de la Serena. Expte.: GE-M/24/06-2.

DOE. Diario Oficial de Extremadura núm. 78, 7 de Julio de 2007III - Otras Resoluciones › Consejer-a de Econom-a y Trabajo

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RESOLUCIóN de 20 de abril de 2007, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de parque eólico 'San Nicolás', en los términos municipales de Higuera de la Serena, Zalamea de la Serena y Valle de la Serena. Expte.: GE-M/24/06-2.

la fauna terrestre. Las instalaciones eléctricas de alta tensión no soterradas deberán cumplir las condiciones técnicas del Decreto 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura. Se señalizarán los conductores de todos los tramos de la línea para evitar la colisión de las aves, mediante espirales salvapájaros, balizas u otro tipo de señalización visuales para cada 10 m lineales. Se consensuará con la D.G.M.A la instalación de disuasores de nidificación con probada eficacia.

Se aplicarán las Normas recogidas por la Coordinadora de Organizaciones de Defensa Ambiental, destinadas a evitar electrocuciones de las aves, destacando, además de las mencionadas, que los apoyos de anclaje, ángulo, fin de línea y especiales, deberán de tener una distancia mínima accesible de seguridad de 1 m entre el apoyo y el conductor.

­ Medidas sobre la morfología y el paisaje: Se procurará remodelar la topografía alterada por las labores de construcción, para lo que se utilizarán los estériles procedentes de aquella; los taludes finales no serán refinados totalmente, se plantarán árboles y arbustos que actúen de pantallas visuales para minimizar el impacto paisajístico del edificio de control; utilización de materiales propios del lugar en obras y construcción o acondicionamiento de la zona afectada; revegetación general de la zona afectada con especies autóctonas; los aerogeneradores se pintarán con colores neutros y en su entorno se evitará la utilización de alumbrado; se intentará que los materiales constitutivos de los apoyos de las líneas eléctricas sean de similares características a los ya existentes en la zona.

Dentro del Programa de Vigilancia Ambiental se incluyen las siguientes actuaciones:

­ Seguimiento de la superficie total afectada, superficie total restaurada, técnicas de restauración, y cumplimiento del calendario de restauración vegetal.

­ Mediciones de los niveles sonoros en los puntos más desfavorables, tant...

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