RESOLUCIóN de 30 de septiembre de 2005, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente el Plan Parcial del Polígono Industrial 'Las Habazas' de Malpartida de Plasencia, integrante del programa de ejecución promovido por el sistema de compensación por la Agrupación de Interés Urban...

DOE. Diario Oficial de Extremadura núm. 88, 31 de Julio de 2007III - Otras Resoluciones › Agencia Extreme?a de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio

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RESOLUCIóN de 30 de septiembre de 2005, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente el Plan Parcial del Polígono Industrial 'Las Habazas' de Malpartida de Plasencia, integrante del programa de ejecución promovido por el sistema de compensación por la Agrupación de Interés Urban...

AGENCIA EXTREMEÑA DE LA VIVIENDA, EL URBANISMO Y EL TERRITORIO RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2005, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación delTerritorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente el Plan Parcial del Polígono Industrial 'Las Habazas' de Malpartida de Plasencia, integrante del programa de ejecución promovido por el sistema de compensación por la Agrupación de Interés Urbanístico 'La Habaza de Arriba'.

La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 30 de septiembre de 2005, adoptó la siguiente resolución:

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la Dirección de Urbanismo y Ordenación del Territorio y debatido el asunto.

De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Decreto 187/1995, de 14 de noviembre, sobre atribuciones de los órganos urbanísticos y de Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura (D.O.E. n.º 136, de 21 de noviembre), en la Disposición Derogatoria única, Punto 2, de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX), en el art. 5.Primera.a) y Disposición Transitoria de la Ley 10/2004, de 30 de diciembre, de Regulación y Bases de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio y el art. 3 del Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de junio, por el que se aprueba el Texto Articulado de las citadas Bases, corresponde el conocimiento del asunto y al objeto de su resolución, a la Comisión de Urbanismo y Ordenación Territorial de Extremadura.

Puesto que Malpartida de Plasencia no dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, ni el Plan Parcial afecta a sector de 'suelo urbanizable', adaptados u homologados a la ordenación estructural del art. 70.1.1 de la Ley 15/2001 (LSOTEX), hasta tanto dicha homologación se produzca, la competencia de aprobación definitiva del planeamiento radicará, en todo caso, en dicho órgano de la Junta de Extremadura.

Cualquier innovación de las determinaciones de los planes de ordenación urbanística deb...

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