RESOLUCIóN de 3 de noviembre de 2008, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyResolución

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el día 26 de octubre de 2008, se procedió a la aprobación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura, adoptado en el seno del Comité General de Seguridad y Salud, configurándose como el instrumento básico para integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la Junta de Extremadura, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos, con la finalidad de crear una auténtica cultura de la prevención en nuestra Administración Autonómica.

Asimismo en dicho Acuerdo se dispuso la publicación de dicho Plan, autorizando su inserción en el Diario Oficial de Extremadura y en las páginas web institucionales correspondientes, así como su comunicación generalizada por los medios que se consideren idóneos.

En virtud de lo expresado, ordeno la publicación en el DOE del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura.

Igualmente el Plan estará disponible para su consulta en las siguientes páginas web:

http://ssrl.juntaextremadura.net

http://profex.educarex.es/profex/contenido/indes.jsp?idSeccion=100

Mérida, a 3 de noviembre de 2008.

El Director General de la Función Pública,

JOSÉ ANTONIO GARCÍA HERNÁNDEZ

PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

ÍNDICE

  1. INTRODUCCIÓN.

  2. POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

  3. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA.

    3.1. Estructura organizativa de la Prevención de Riesgos Laborales.

    3.1.1. Los Servicios de Prevención.

    3.1.2. Órganos de consulta y participación.

    3.2. Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la Junta de Extremadura.

    3.2.1. Coordinación de la Prevención.

    3.2.2. Gestión de la Prevención en cada Consejería u Organismo Autónomo.

    3.2.3. Gestión de la Prevención en los Centros de trabajo.

  4. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES.

    4.1. Secretaría General de Administración Pública e Interior.

    4.2. Dirección General de la Función Pública

    4.3. Dirección General de Presupuestos y Tesorería

    4.4. Secretarías Generales y Gerencias de Áreas de Salud.

    4.5. Responsable en materia de Seguridad y Salud laboral.

    4.6. Coordinador de Centro.

    4.7. Colaborador del Responsable en materia de Seguridad y Salud laboral.

    4.8. Empleado Público Asignado.

    4.9. Empleados Públicos.

    4.10. Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.

    4.11. Delegados de Prevención.

    4.12. Comité de Seguridad y Salud.

  5. PRÁCTICAS, PROCEDIMIENTOS Y PROCESOS PARA LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

  6. INSTRUMENTOS DE CONTROL.

  7. RECURSOS.

    7.1. Servicio de Prevención de Riesgos laborales.

    7.2. Formación de Empleados Públicos en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

    7.3. Actuaciones Preventivas.

  8. INTRODUCCIÓN.

    La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, marcó un punto de inflexión en la política referida a la seguridad y salud en el trabajo; en ella se articulan un conjunto de actuaciones dirigidas a la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo y elevar, así, el nivel de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores. La línea básica de esta Ley es la prevención en su concepto más amplio, que se sustenta, entre otras actuaciones, en la ordenación de los actores directamente implicados, empresario y trabajadores, con el propósito de fomentar una auténtica cultura preventiva dentro de la empresa.

    La Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo tienen una vocación de universalidad e integración, lo que en el ámbito de la Administración Pública

    supone considerar la prevención frente a los riesgos laborales como una actuación única, indiferenciada y coordinada, que debe llegar a los empleados públicos sin distinción del régimen jurídico que rija su relación de servicio, que se tiene que traducir en una planificación de la actividad preventiva integral e integrada en el conjunto de actividades y decisiones de la Administración Autonómica y que se realizará con la participación de los representantes legales de los empleados públicos, entendiéndose, por otra parte, que las medidas que de esta norma se derivan, recaen en una mejora de la calidad de los servicios prestados por la Junta de Extremadura.

    En el primer Acuerdo para la determinación de las condiciones de aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, suscrito el 27 de mayo de 1999 entre la Junta de Extremadura y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Técnica de Salud Laboral, se refrendó la política de mejora de las condiciones de trabajo y de la salud laboral de los empleados públicos al servicio de la Junta de Extremadura.

    La puesta en marcha de los compromisos y objetivos contenidos en el mencionado Acuerdo ha derivado en el nacimiento y desarrollo de una infraestructura de seguridad y salud laboral en el seno de la organización de la Junta de Extremadura que está sirviendo de base para lograr importantes avances en el bienestar de sus empleados.

    Para poder alcanzar un alto nivel de seguridad y salud en el trabajo, y basándose en el principio de la mejora continua en la acción preventiva, se pretende fomentar una auténtica cultura de la prevención. Para ello, se deberá reforzar la implicación de los órganos, centros directivos y empleados públicos que constituyen la Junta de Extremadura.

    El Plan de Prevención se justifica por la necesidad de adaptarse a los nuevos parámetros preventivos incorporados por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, que establece: "La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales, el cual deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan". Además, permite la aplicación de algunos de los compromisos adquiridos por las partes en el nuevo Acuerdo para la determinación de las condiciones de aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, suscrito el 28 de marzo de 2006.

    Este plan debe ser, con el compromiso de todas las partes implicadas, útil y eficaz, por lo que se plantea como un documento vivo y flexible, revisable periódicamente, y que permitirá su adaptación a los posibles cambios en la estructura de la Junta de Extremadura y en las condiciones de trabajo de sus empleados públicos.

  9. POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

    La Junta de Extremadura, consciente de la importancia que las condiciones de trabajo tienen sobre la seguridad y la salud de los empleados públicos, así como de su responsabilidad social, quiere seguir aportando los medios necesarios no sólo para garantizar la seguridad y salud de los empleados públicos, sino también para mejorar, de manera efectiva,

    las condiciones en las que se desarrollan las actividades laborales al servicio de los ciudadanos, elevando así el nivel de bienestar y satisfacción en el trabajo.

    Por otra parte, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las normas que la desarrollan establecen una serie de deberes y obligaciones que implican la planificación de la prevención dentro de un conjunto coherente de medidas que deben abarcar a todos los procesos y a la organización del trabajo.

    Desde esta doble perspectiva, imperativo legal e interés por la mejora continua de la calidad tanto de los puestos de trabajo como del servicio que se presta al ciudadano, la Junta de Extremadura asume la Política de Prevención de Riesgos Laborales, con el fin de elevar los niveles de la seguridad, salud y bienestar de los empleados públicos, asumiendo los siguientes compromisos:

  10. La implantación de un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales que estará integrado en el Sistema de Gestión General de la Junta de Extremadura.

  11. La protección de la seguridad y la salud de los empleados públicos al servicio de la Junta de Extremadura.

  12. La vigilancia periódica del estado de salud de los empleados públicos en función de los riesgos inherentes a cada puesto de trabajo.

  13. La información y formación de los empleados públicos sobre prevención de riesgos laborales.

  14. La consulta y participación de los empleados públicos en aquellas materias que afecten a la seguridad y salud en el trabajo.

  15. ORGANIZACIÓN PREVENTIVA.

    La Junta de Extremadura ha alcanzado un alto nivel de competencias para cuyo ejercicio y desarrollo precisa de los medios y recursos necesarios, garantizando así la prestación de unos servicios de calidad. Ello se articula a través de una organización que se estructura en varios niveles, destacando como nivel superior la Consejería y, en su caso, el Organismo Autónomo. Los trabajadores y empleados adscritos a los mencionados órganos realizan las funciones, tareas y actividades que permiten ejecutar las competencias asignadas y prestar en condiciones óptimas los correspondientes servicios a los ciudadanos, para lo cual se agrupan en Centros de trabajo de naturaleza muy dispar: edificios administrativos, centros educativos, residencias de mayores, centros infantiles o de menores, centros de salud, hospitales, parques móviles, laboratorios, centros de conservación de infraestructuras, entre otros.

    Se entiende por centro de trabajo, en este Plan, el espacio físico donde los empleados públicos de la Junta de Extremadura desarrollan su actividad profesional o al que están adscritos

    La diversidad de centros de trabajo, la dispersión geográfica de los mismos y la amplitud y volumen de los servicios que prestan, determinan la existencia de una organización compleja que se pone especialmente de manifiesto cuando se trata de gestionar la seguridad y salud laboral de los trabajadores.

    No obstante, la organización...

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