RESOLUCIóN de 15 de marzo de 2007, de la Dirección General de Empleo, por la que se dispone la ejecución del fallo de la sentencia n.º 190 de 28 de febrero de 2007, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y recaída en el recurso contencioso-administrativo n.º 410/2005.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Economia y Trabajo
Rango de LeyResolución

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y TRABAJO RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2007, de la Dirección General de Empleo, por la que se dispone la ejecución del fallo de la sentencia n.º 190 de 28 de febrero de 2007, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Extremadura y recaída en el recurso contencioso-administrativo n.º 410/2005.

En el recurso contencioso-administrativo núm. 410 de 2005, promovido por el procurador de los Tribunales Sr. Gutiérrez Lozano, en nombre y representación de RODAMIENTOS BULNES,

S.L., siendo la parte demanda la JUNTA DE EXTREMADURA, contra la Resolución de 31 de enero de 2005, de la Consejería de Economía y Trabajo de la Junta de Extremadura mediante la que se inadmite el recurso de reposición interpuesto contra otra Resolución de 27 de noviembre de 2001, al amparo del Decreto 92/1996, de 4 de junio, de ayudas para el fomento de la contratación indefinida, ha recaído sentencia firme, dictada el veintiocho de febrero de 2007, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.

Por tanto, y en uso de las atribuidas conferidas por la legislación vigente,

R E S U E L V O :

Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia número 190 dictada con fecha de 28 de febrero de 2007, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, llevando a puro y debido efecto el fallo que es del siguiente tenor literal:

'Estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Gutiérrez Lozano en nombre y representación de RODAMIENTOS BULNES, S.L. contra la Resolución referida en el primer fundamento, debemos declarar y declaramos que la misma no es ajustada a derecho por caducidad del procedimiento y en su virtud la anulamos, declarando igualmente la prescripción del derecho de reintegro, todo ello sin hacer especial pronunciamiento respecto a las costas procesales causadas'.

Mérida, a 15 de marzo de 2007.

El Director General de Empleo (P.D. Resolución de 29 de julio de 2003 (D.O.E. n.º 89, de 31 de julio)),

RAFAEL PÉREZ CUADRADO CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TECNOLÓGICO RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2007, de la Dirección General deTransportes, por la que se actualiza la Carta de Servicios denominada 'Servicio de InspecciónTécnica deVehículos' y se dispone su publicación.

Habiéndose elaborado el proyecto para la actualización de la Carta de Servicio denominada 'Servicio de Inspección Técnica de Vehículos', con motivo de la modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico, por Decreto 184/2006, de 31 de octubre, y examinado su contenido, de acuerdo con el informe favorable del Servicio de Inspección y Seguimiento de la Calidad, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 9.1 del Decreto 149/2004, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Carta de Derechos de los Ciudadanos, se regulan las Cartas de Servicios y se definen los sistemas de análisis y observación de la calidad en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 92, apartado 4, de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

R E S U E L V O :

Primero. Aprobar la actualización de la Carta de Servicios denominada 'Servicio de Inspección Técnica de Vehículos' que se incorpora como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Disponer la publicación de esta Resolución y de la Carta de Servicios que contiene en el Diario Oficial de Extremadura.

Tercero. Editar una publicación divulgativa del contenido de la Carta de Servicios del Servicio de Inspección Técnica de Vehículos para su exposición/distribución en las sedes de las Estaciones de l.T.V. de Extremadura y en la red de Centros de Atención Administrativa.

Igualmente se podrá acceder a su contenido a través de la dirección de internet http: //observatorio.juntaex.es.

Cuarto. Esta Resolución deja sin efectos la de 17 de julio de 2006, de la Dirección General de Transportes, publicada en el D.O.E. n.º 90, de 1 de agosto.

En Mérida, a 9 de marzo de 2007.

El Director General de Transportes, ÁNGEL CABALLERO MUÑOZ A N E X O 'CARTA DE SERVICIOS DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS' PRÓLOGO La Sección de Inspección Técnica de Vehículos es una unidad administrativa integrada en el Servicio de Gestión de ITV, Órgano dependiente de la Dirección General de Transportes de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico. Las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos son unidades adscritas a la Dirección General de Transportes de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico. Estos Centros tienen la misión de tramitar los expedientes y realizar las inspecciones técnicas de vehículos.

  1. DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA UNIDAD QUE PRESTA EL SERVICIO.

    1.1. Datos identificativos.

    Esta carta es de aplicación al Servicio de Gestión de Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos son unidades adscritas a la Dirección General de Transportes de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico.

    Estos Centros tienen la misión de 'tramitar los expedientes y realizar las inspecciones técnicas de vehículos'.

    1.2. Identificación de la unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios.

    La unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios de la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad Autónoma de Extremadura es el Servicio de Gestión de ITV de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico.

    1.3. Medios de prestación del servicio.

    Sección de Inspección Técnica de Vehículos Servicio de Gestión de ITV Dirección General de Transportes Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico Paseo de Roma, s/n.

    06800 Mérida Badajoz Teléfono: 924 00 63 00

    FAX: 924 00 63 40

    Horario: 08:00-15:00 horas (de lunes a viernes).

    PÁGINA WEB: http://www.juntaex.es/consejerias/idt/dgt/itvprincipal.html Teléfono...

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