RESOLUCIóN de 29 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Política Educativa, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 493/2007, emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 1323/2005.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Educación
Rango de LeyResolución

efectuado por el Centro de Investigación Agraria Finca 'La Orden-Valdesequera' de la Dirección General de Investigación,

Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación, visto lo dispuesto en el artículo 32.2 del Real Decreto 1472/2000 y puesto que la variedad Viognier está autorizada en la Comunidad Autónoma colindante de Castilla la Mancha por resolución de 27-04-2004,

R E S U E L V O :

La inclusión de la variedad de uva de vinificación VIOGNIER (B) en la clasificación de variedades de vid de Extremadura con la categoría de autorizada.

Mérida, a 25 de septiembre de 2007.

El Director General de Política Agraria Comunitaria,

ANTONIO CABEZAS GARCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Política Educativa, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 493/2007, emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contenciosoadministrativo n.º 1323/2005.

En el Recurso Contencioso-Administrativo n.º 1323/2005, seguido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a instancia de D.ª Ana Belén Guerrero María, contra la Resolución de la Dirección General de Política Educativa de 28 de octubre de 2005 por la que se resuelve desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Comisión de Selección de Pedagogía Terapéutica de I de agosto de 2005 por la que se exponen las puntuaciones de la fase de concurso en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 18 de marzo de 2005 (D.O.E. núm. 32, de 19 de marzo), ha recaído sentencia firme el 24 de mayo de 2007.

De conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la Tramitación Administrativa en la Ejecución de Resoluciones Judiciales, en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la Resolución de 17 de julio de 2007, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se delegan competencias en la Dirección General de Política Educativa de la Consejería de Educación,

R E S U E L V O :

Primero. Ejecutar la Sentencia n.º 493/2007 emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el Recurso Contencioso-Administrativo n.º 1323/2005 siendo el tenor literal del fallo el...

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