Decreto 147/2013, de 6 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la retención y atracción de talento investigador para su incorporación en los Centros de Investigación de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la convocatoria de ayudas para el ejercicio económico de 2013.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Empresa e Innovación
Rango de LeyDecreto

DECRETO 147/2013, de 6 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la retención y atracción de talento investigador para su incorporación en los Centros de Investigación de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la convocatoria de ayudas para el ejercicio económico de 2013. (2013040168)

La Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación es el instrumento marco en el que quedan establecidos los objetivos generales a alcanzar durante el período 2013-2020, ligados al fomento y desarrollo de las actividades de I+D+i en España. Estos objetivos se alinean con los que marca la Unión Europea dentro del nuevo Programa Marco para la financiación de las actividades de I+D+i "Horizonte 2020" para el período 2014-2020, contribuyendo a incentivar la participación activa de los Agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación en el Espacio Europeo.

En este sentido, en el marco de las Políticas de Cohesión 2014-2020, se están coordinando los esfuerzos desde todas las Comunidades Autónomas para la elaboración de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente.

La inserción laboral, y sobre todo la incorporación al mercado laboral de doctores, investigadores, técnicos y del personal dedicado a actividades de I+D+i, es uno de los objetivos esenciales que recoge la citada Estrategia.

La Junta de Extremadura, inmersa en el diseño de las políticas públicas de I+D+i orientadas hacia el Horizonte 2020, y consciente de los nuevos retos a los que se enfrenta nuestra sociedad en pleno proceso de cambio, precisa, con urgencia, trabajar en la definición de la carrera investigadora, incentivando una base crítica de investigadores, tanto en el sector público como en el privado. Asimismo, es necesario favorecer la incorporación de los recursos humanos formados en I+D+i y considerar en su desarrollo la integración de la excelencia científica, el cambio tecnológico y el potencial innovador.

En el ámbito normativo, la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura recoge, en su Título IV, diversas Medidas de Impulso orientadas hacia el fomento e incentivo de la I+D+i, manteniendo como principio de acción promover la formación y la capacitación investigadora y fortalecer el capital humano dedicado a la I+D+i en la región.

La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, regula en el Título II "Recursos humanos dedicados a la investigación" diversas disposiciones generales orientadas hacia la carrera del personal investigador respecto a los criterios de selección, movilidad y modalidades de contratación, que persiguen en su conjunto contribuir a la formación continua, la cualificación y la potenciación de las capacidades del personal de investigación.

La Junta de Extremadura, tras el acuerdo firmado el pasado 18 de octubre de 2011 con los diversos agentes sociales representativos, contempla como objetivo fundamental en el Plan de Acción Integral "Empleo, Emprendedores y Empresa" (Plan 3E), en el ámbito de la Innovación y la Modernización Tecnológica, la incorporación del capital humano y talento cualificado en las empresas regionales y en el Sistema regional de I+D+i, incluyendo medidas

orientadas hacia el fomento del intercambio temporal o permanente de investigadores entre el sector público y privado, a través de incentivos que favorezcan la carrera profesional de los investigadores.

Asimismo, la Junta de Extremadura, siguiendo los diversos Instrumentos de Actuaciones de Formación, Incorporación y Movilidad de Recursos Humanos, del IV Plan Regional de I+D+i (IV PRI+D+i, 2010-2013), firmado el 24 de marzo de 2010, mantiene como objetivo general el incremento del capital humano destinado al desarrollo de actividades de I+D+i, dentro del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante SECTI). En este sentido, las nuevas ayudas que regula el presente Decreto, tienen como finalidad atraer y/o retener el talento investigador a los centros de investigación con la finalidad de fortalecer el SECTI, incrementando la competitividad de los Centros para fomentar la captación de las posibles inversiones que puedan surgir en la ejecución de la actividad científica-investigadora.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa e Innovación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 6 de agosto de 2013,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto de la ayuda.

El objeto del presente Decreto es establecer las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la incorporación de talento investigador en los Centros públicos de I+D+i pertenecientes al SECTI, mediante la atracción y/o retención de investigadores que orienten su actividad para atender las demandas del sector productivo extremeño e incrementar la competitividad en I+D+i del Centro receptor.

Artículo 2 Características de la ayuda.
  1. Las ayudas se concederán para la incorporación de investigadores doctores cualificados, de forma temporal, a los Centros públicos de I+D+i pertenecientes al SECTI, para realizar actividades de I+D+i a través de su incorporación a alguno de los Grupos de Investigación incluido en el Catálogo de Grupos de Investigación pertenecientes al Sistema de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad de Extremadura, catalogados según el Decreto 48/2006, de 21 de marzo (http//ayudaspri.gobex.es/catalogo). La actividad que realice el beneficiario se desarrollará de forma íntegra en el Centro receptor y durante todo el período de disfrute de la ayuda, a excepción de la realización de estancias temporales en otros centros de investigación nacionales o extranjeros, previa solicitud y concesión por la autoridad competente en materia de I+D+i de la Junta de Extremadura.

  2. Las ayudas tendrán una duración de cuatro años, e irán destinadas a la formalización de un contrato por obra o servicios en régimen de dedicación exclusiva, que los beneficiarios suscribirán con la entidad colaboradora.

  3. Los beneficiarios de las ayudas deberán incorporarse al Centro solicitado en la fecha indicada en la resolución de la convocatoria.

  4. Las ayudas se conceden en el marco de las actuaciones contempladas dentro del Programa para la Formación, Incorporación y Movilidad de Recursos Humanos del IV Plan Regional de Investigación, Desarrollo e Innovación de Extremadura, en las siguientes áreas estratégicas: Agroalimentación, Salud, Gestión de Recursos Naturales, Turismo, Energía, Tecnologías de la Producción y Tecnología de la Información y las Comunicaciones, Anexo I del presente Decreto.

Artículo 3 Beneficiarios de la ayuda.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Investigadores que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar en posesión del grado de Doctor.

  2. Haber realizado una estancia postdoctoral, con una duración mínima de 24 meses consecutivos en Universidades o Centros de Investigación nacionales o extranjeros, obtenidas mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva. Excepcionalmente, este periodo podrá ser inferior en dos meses de estancia en el centro receptor, siempre que sea por causa justificada o para la regularización de la documentación necesaria exigida por el país receptor.

    No se tendrán en cuenta el sumatorio de estancias con temporalidad inferior a la indicada.

  3. Haber desarrollado una actividad científico-tecnológica que implique una trayectoria investigadora cualificada, según lo establecido en el artículo 13 del presente Decreto. Será necesario obtener una valoración final igual o superior a 65 puntos para optar a la ayuda.

  4. Estar registrado en la página web http://ayudaspri.gobex.es y tener correctamente cumplimentado y actualizado el formulario de Curriculum vitae disponible en la misma.

  5. Para el proceso de evaluación de la solicitud, sólo se tendrán en cuenta los méritos incluidos en el Curriculum vitae que se hayan obtenido hasta la fecha de finalización del plazo representación de solicitudes. No será posible la actualización posterior a dicha fecha de la información contenida en el Curriculum vitae.

Artículo 4 Plan Estratégico.

A efectos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considera Plan Estratégico de las presentes ayudas, el elaborado a tales efectos para este Decreto y el IV Plan Regional de Investigación...

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