Decreto 91/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales para la construcción, ampliación, reforma y equipamiento de centros residenciales y centros de día para personas mayores en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Sanidad y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES

DECRETO 91/2018, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales para la construcción, ampliación, reforma y equipamiento de centros residenciales y centros de día para personas mayores en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2018040106)

El aumento del porcentaje de población mayor de 65 años en nuestra región, superior al porcentaje correspondiente al resto de España, unido a un notable descenso de la natalidad pone de manifiesto la gravedad del desafío demográfico en Extremadura, constatándose el proceso generalizado de envejecimiento de la población extremeña. Este proceso, combinado con la excesiva dispersión de los núcleos urbanos, genera una gran dificultad a la hora de articular un sistema eficiente de servicios básicos en materia de bienestar, salud y educación en el mundo rural, que acaba requiriendo apoyo del sector público. En particular, el envejecimiento de la población genera un aumento en la demanda de prestación de servicios públicos vinculados a la atención sanitaria y a la población dependiente.

En lo que afecta al sistema de atención a la dependencia, debe concebirse como una muestra más de la necesidad de consolidar el sistema público, universal, gratuito, equitativo y de calidad de servicios sociales como el cuarto pilar del Estado de Bienestar, capaz de hacer efectivo el derecho de acceso de las personas mayores de nuestra región a un conjunto de servicios sociales básicos que garanticen su protección social.

Por otro lado, la principal manifestación del necesario compromiso al respecto del conjunto de las Administraciones Públicas debe ser la aplicación efectiva del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y debe ser prioritaria en la agenda política de los distintos poderes públicos.

Ese Sistema de Servicios Sociales sostenible desde el punto de vista social, asistencial, profesional y financiero debe sustentarse en compromisos efectivos que afecten al conjunto de las Administraciones Públicas a través de mecanismos de cooperación institucional, de ahí el esfuerzo de las diferentes Administraciones públicas intervinientes en la ejecución de esta medida.

Es más, la atención a la dependencia no es sólo una responsabilidad ineludible de los poderes públicos sino también una oportunidad social que es necesario aprovechar, y de ahí el esfuerzo conjunto que a través de esta línea de ayudas van a realizar las diferentes Administraciones intervinientes:

- Unión Europea cofinanciando en un 80 por ciento la aportación de la Junta de Extremadura a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2014-2020.

- Junta de Extremadura.

- Diputaciones Provinciales.

- Ayuntamientos.

A través de esta medida se pretenda reforzar la gestión pública del sistema, priorizando la titularidad pública de los recursos sociales, sin perjuicio de que el sector privado pueda desarrollar actividades complementarias.

Además, la apuesta de la Junta de Extremadura es hacia un modelo de atención que enfoque la atención de las necesidades de las personas hacia un desarrollo territorial equilibrado, y en ese escenario las propuestas municipales, las opciones locales y comarcales para la ubicación y refuerzo de los recursos de atención cobra una importancia fundamental favoreciendo, al mismo tiempo, la accesibilidad y la equidad en el acceso a las prestaciones sociales por parte del conjunto de la ciudadanía extremeña.

Partiendo, por tanto, de la premisa de que Extremadura cuenta con un desequilibrio en la distribución geográfica de la población y en el desarrollo territorial, a lo que hay que añadir factores como el envejecimiento de la población y altos niveles de dependencia, gracias a esta medida se pondrán en funcionamiento un importante número de recursos de primer nivel de asistencia en el ámbito local

En este marco resulta fundamental, igualmente, la puesta en valor de la prioridad de inversión 9.7 Inversión en infraestructuras sociales y sanitarias que contribuyan al desarrollo nacional, regional y local y reduzcan las desigualdades sanitarias, y el fomento de la inclusión social mediante una mejora del acceso a los servicios sociales, culturales y recreativos y la transición de los servicios institucionales a los servicios locales del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2014-2020, en el que opera la cofinanciación de la Unión Europea a esta línea de ayudas.

A su vez, en ese escenario de convergencia con Europa, partiendo de la apuesta de la Junta de Extremadura por emprender la transición hacia un referente propio de una economía verde y circular extremeño, que configure un nuevo modelo productivo regional, capaz de generar riqueza y empleo, es necesario impulsar las diferentes políticas públicas y medidas de la Administración de la Comunidad Autónoma a favor de ese marco regional, y prueba de ello es esta medida de actuación.

El nuevo modelo productivo que se quiere construir partirá de la activación de procesos basados en las nuevas economías alineadas con el bien común (economía verde, economía colaborativa, economía del bien común, economía de los cuidados, economía cívica, territorios en transición, etc.), y que necesariamente deben implantarse desde el enfoque del balance circular.

A través de esta actuación se generarán oportunidades para el desarrollo de redes que unan a las instituciones públicas municipales, provinciales y autonómicas con el resto de agentes de la sociedad (empresas proveedoras de alimentos, de material fungible relacionado con la

actividad hotelera, de material vinculado a actividades de rehabilitación o de mantenimiento físico o psíquico, de productos referidos a cuidados de salud, etc).

Desde los poderes públicos se deben promover las condiciones para favorecer el cambio hacia un modelo de crecimiento económico que tenga como primer objetivo mejorar la productividad de la economía, impulsando los sectores avanzados que proporcionen valor añadido, como es el de atención a la dependencia.

A su vez, a través de esta medida, se facilitará la conciliación y el respiro de los cuidadores familiares, procurando el mantenimiento en el entorno de las personas mayores dependientes, evitando que el cuidado de las personas en situación de dependencia se convierta en una responsabilidad casi exclusiva de la mujer.

Por todo lo anterior, con objeto de reducir las desigualdades territoriales en la distribución de recursos favoreciendo la accesibilidad y equidad en la prestación de servicios sociales a las personas mayores de nuestra región, resulta necesario incrementar la cobertura residencial para personas dependientes en los municipios con menor cobertura en la Comunidad de Extremadura.

Recordemos en este contexto que la Constitución Española establece en su artículo 50 que los poderes públicos promoverán, con independencia de las obligaciones familiares, el bienestar de los ciudadanos durante la tercera edad mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura dispone en su artículo 7 que los poderes públicos regionales impulsarán activamente la equidad territorial y la cohesión social en sus políticas internas. Asimismo, según el referido artículo los poderes públicos en nuestra región asumen como una aspiración esencial la más estricta garantía del derecho a la protección pública en caso de dependencia.

La igualdad efectiva de los extremeños pasa inexcusablemente por la adopción de políticas específicas, entre otras, las relativas a las personas mayores, según el citado precepto.

El artículo 9 del Estatuto de Autonomía menciona como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma la relativa a acción social y, dentro de ella, la promoción y protección de los mayores.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, establece en su artículo 3, entre otros principios rectores, la calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia.

Asimismo, la mencionada norma en su artículo 12 dispone que las entidades locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 23 h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Sanidad y Políticas Sociales y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión de fecha 19 de junio de 2018,

DISPONGO:

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 24
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. Constituye el objeto del presente decreto el establecimiento, para los ejercicios 2018 y 2019, de las bases reguladoras de las subvenciones para la construcción, ampliación, reforma y equipamiento de centros residenciales y centros de día municipales en la Comunidad Autónoma de Extremadura que supongan la creación de plazas para personas mayores en situación de dependencia respecto de los datos obrantes en el registro del SEPAD a fecha de publicación de la convocatoria correspondiente en el Diario Oficial de Extremadura.

  2. A los efectos de este decreto tendrán la consideración de actuaciones subvencionables las que se realicen en centros...

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