Corrección de errores del Decreto 48/2018, de 24 de abril, sobre reconocimiento oficial y fomento de agrupaciones y organizaciones de productores agrarios y silvícolas y el establecimiento de bases reguladoras de subvenciones.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Medio Ambiente y Rural, PolÍTicas Agrarias y Territorio
Rango de LeyCorrección de errores

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO

CORRECCIÓN de errores del Decreto 48/2018, de 24 de abril, sobre reconocimiento oficial y fomento de agrupaciones y organizaciones de productores agrarios y silvícolas y el establecimiento de bases reguladoras de subvenciones. (2018040099)

Advertido el error material en del Decreto 48/2018, de 24 de abril, sobre reconocimiento oficial y fomento de agrupaciones y organizaciones de productores agrarios y silvícolas y el establecimiento de bases reguladoras de subvenciones, publicado en DOE n.º 105, de 31 de mayo de 2018, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 20534, artículo 12, en el apartado 2:

Donde dice:

"2. Será objeto de subvención la constitución de la agrupación de productores y del coste de ejecución de las actividades incluidas en el plan empresarial aprobado por el órgano competente.

En este sentido, los costes de ejecución de las actividades del plan empresarial presentado y aprobado, que desarrolle la agrupación de productores en base a su organización, recursos humanos, y medios técnicos establecidos en el apartado 3.4 del artículo 7, para el cumplimiento de los indicadores marcados en el en el plan serán:

  1. Costes de alquiler de los locales. En el caso de que se compren locales, se considerarán subvencionables los que corresponderían por su alquiler a precios de mercado.

  2. Adquisición de equipos de oficina, incluidos ordenadores y programas informáticos.

  3. Costes del personal administrativo y técnico directamente relacionados con la gestión de la agrupación de productores, por el importe máximo que establece el convenio colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura vigente y por el número máximo de tres personas de manera independiente.

  4. Gastos generales, honorarios de abogados, tasas administrativas e informe de auditor de cuentas inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) relativo a la justificación del gasto de la subvención.

  5. Costes originados por la realización de estudios de viabilidad y planes empresariales y estudios due diligence (esto es, los relativos a evaluaciones, investigaciones o auditorías para cerciorarse de la viabilidad...

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