RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se determina la inscripción en el Registro y publicación del texto del Convenio Colectivo de Empresas de Captación, Elevación, Distribución y Depuración de Aguas Potables y Residuales de Extremadura, de ámbito de Comunidad Autónoma, de sector (Expte.: 9/2001)

Extracto


RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se determina la inscripción en el Registro y publicación del texto del Convenio Colectivo de Empresas de Captación, Elevación, Distribución y Depuración de Aguas Potables y Residuales de Extremadura, de ámbito de Comunidad Autónoma, de sector (Expte.: 9/2001)

CONSEJERIA DE TRABAJO

RESOLUCION de 24 de septiembre de 2001, de la Dirección General de Trabajo por la que se determina la inscripción en el Registro y publicación del Texto del Convenio Colectivo de Empresas de Captación,

Elevación, Distribución y Depuración de Aguas Potables y Residuales de Extremadura, de ámbito de Comunidad Autónoma, de sector (Expte. 9/2001).

VISTO: El Texto del Convenio Colectivo de Empresas de Captación,

Elevación, Distribución y Depuración de Aguas Potables y Residuales de Extremadura, con Código Informático 8100045, de ámbito de Comunidad Autónoma, de Sector, suscrito el día 25-07-2001, por la Asociación Empresarial de Empresas de Captación, Elevación, Distribución y Depuración de Aguas Potables y Residuales de Extremadura y por las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 29-3-95); art. 2.c) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (BOE de 6-6-81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (BOE de 17-5-95); Decreto del Presidente 5/2000, de 8 de febrero de 2000, por el que se asignan competencias a la Consejería de Trabajo (DOE de 10-2-2000); Decreto 6/2000, de 10 de febrero de 2000, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo (DOE de 10-2-2000); y Decreto 22/1996, de 19 de febrero, sobre distribución de competencias en materia laboral (DOE de 27-2-96);

Esta Dirección General de Trabajo Acuerda:

Primero.­Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre, con el número 9/2001,con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo.­Disponer su publicación en el 'Diario Oficial de Extremadura'.

Mérida, 24 de septiembre de 2001.

El Director General de Trabajo,

JOSE LUIS VILLAR RODRIGUEZ TITULO I AMBITO DE APLICACION

Artículo 1.­AMBITO FUNCIONAL:

Este Convenio regula las relaciones de trabajo de las Empresas dedicadas a actividades de captación, elevación, conducción, tratamiento, depuración, saneamiento y distribución de aguas públicas o privadas, tanto para usos domésticos como industriales.

Artículo 2.­AMBITO TERRITORIAL:

Lo dispuesto en el presente Convenio será de aplicación en todos los centros de trabajo pertenecientes a las empresa y Organismos Públicos que operen en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 3.­AMBITO PERSONAL:

Se regirán por las disposiciones reguladas en este convenio todos los trabajadores, que, sujetos a relación laboral, presten servicios en las empresas del ámbito funcional en el momento de la entrada en vigor y a los que se incorporen con posterioridad.

Artículo 4.­AMBITO TEMPORAL:

El pre...

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