Decreto 135/2013, de 30 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), se modifica el Decreto 205/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación y se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral de la citada Consejería.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 135/2013, de 30 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), se modifica el Decreto 205/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación y se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral de la citada Consejería. (2013040156)

La Constitución Española, en el artículo 44.2, obliga a los poderes públicos a promover la Ciencia y la Investigación Científica y Técnica en beneficio del interés general para, en el artículo 149.1.15, asignar la competencia exclusiva al Estado en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y, en el artículo 148.1.17, permitir a las Comunidades Autónomas el fomento de la misma entre otras competencias.

En aplicación del referido artículo 148.1.17 del texto constitucional, el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su artículo 9.1.22 atribuye competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y técnica en coordinación con el Estado, coordinación de la actividad investigadora financiada con fondos públicos de la Comunidad Autónoma, e innovación y desarrollo tecnológicos.

La Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, en su Título VI, crea el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (en adelante, CICYTEX), como ente de Derecho Público, adscrito a la Consejería competente en materia de I+D+i, con personalidad jurídica diferenciada y plena capacidad de obrar en el ejercicio de las competencias que se le atribuyen, para lo que está dotado de patrimonio propio y de autonomía funcional y de gestión.

De acuerdo con lo dispuesto en la citada Ley, el CICYTEX tendrá como fin la generación de I+D+i en los Institutos adscritos al mismo, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en materia de I+D+i de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley 10/2010, de 16 de noviembre, y en un intento de unificar todos los recursos científicos en un ente más eficiente y coherente, se ha procedido a integrar en el CICYTEX el Instituto de Investigaciones Agrarias Finca "La OrdenValdesequera", el Instituto Tecnológico Agroalimentario y, el Instituto del Corcho, la Madera y el Carbón Vegetal pudiendo, no obstante, adscribirse al mismo, todos aquellos centros, institutos, unidades o servicios pertenecientes a la Junta de Extremadura, cuya finalidad sea la generación I+D+i, concentrando todas las competencias de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación en una estructura concebida y diseñada para actuar de forma global y unitaria.

En virtud de todo lo anterior, mediante el presente decreto, en primer lugar, se pretende dotar al CICYTEX de unos Estatutos que le proporcionen una estructura organizativa y funcional

que atienda a los principios de economía del gasto y coordinación, que delimite las funciones y competencias del órgano encargado de su dirección y de las diferentes unidades administrativas que participarán en la gestión del mismo. Todo ello de acuerdo con criterios de racionalidad y de eficacia administrativa.

Y en segundo lugar, mediante el presente decreto, dado que determinadas competencias anteriormente ejercidas por esta Consejería serán asumidas por el mencionado ente público, se recoge la necesaria aprobación de la modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación que refleje su nueva situación organizativa y que permita conjugar las relaciones de la Consejería con el CICYTEX.

Los Estatutos se componen de un total de 40 artículos, divididos en seis Capítulos. En el Capítulo I se recogen una serie de disposiciones generales relativas a la naturaleza, fines y funciones del CICYTEX.

El Capítulo II hace referencia a la organización del CICYTEX, en la que se regulan sus órganos de gobierno, ejecutivos, de apoyo y complementarios, indicándose las funciones y régimen de funcionamiento de los mismos.

Por su parte, en el Capítulo III se recoge la gestión del Centro, circunscribiéndose la misma al contrato de gestión y al plan de acción anual.

Finalmente, en los Capítulos IV, V y VI se recogen el régimen jurídico de aplicación al personal, el económico-financiero y patrimonial, y el presupuestario, de contabilidad y control del CICYTEX, respectivamente.

En concordancia con las medidas de contención y austeridad del gasto público aprobadas por el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 27 de marzo de 2009, y modificadas mediante Acuerdo de 4 de abril de 2012, y conforme a lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, la creación de este nuevo ente no supone un incremento del gasto público.

El Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, crea la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, como una de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Mediante el Decreto 205/2011, de 5 de agosto, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, posteriormente modificada por el Decreto 8/2012, de 3 de febrero, el Decreto 193/2012, de 28 de septiembre, el Decreto 243/2012, de 18 de diciembre y el Decreto 255/2012, de 28 de diciembre.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 23 ñ), 57.1 y 113 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la titular de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, a propuesta conjunta de la Consejería de Administración Pública y de la Consejería de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Extremadura, en cuanto a la aprobación de los Estatutos del CICYTEX, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de julio de 2013,

DISPONGO:

Artículo 1 Estatutos del CICYTEX.

Se aprueban los Estatutos del CICYTEX, cuyo texto íntegro se incluye como Anexo I al presente decreto.

Artículo 2 Modificación del Decreto 205/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación.

Uno. Modificación del artículo 2 del Decreto 205/2011, de 5 de agosto.

  1. Se modifica el apartado 1 del artículo 2, que queda redactado con el siguiente tenor literal:

    "1. La Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, bajo la superior dirección de su titular, de acuerdo con lo establecido en los artículos 55 y 56 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estructura en los siguientes órganos directivos:

  2. Secretaría General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica.

  3. Secretaría General.

  4. Dirección General de Trabajo.

  5. Dirección General de Empresa y Actividad Emprendedora.

  6. Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio.

  7. Secretaría General de Ciencia y Tecnología".

  8. Se añade un nuevo apartado 2 bis al artículo 2, que queda redactado con el siguiente tenor literal:

    "2 bis. El Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), creado por Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, queda adscrito a la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación".

    Dos. Se modifica el artículo 3 que queda redactado como sigue.

    "Artículo 3. Secretaría General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica.

  9. El Secretario General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica, bajo la superior dirección del titular de la Consejería, coordinará las acciones de todas las Direcciones Generales de la Consejería, del Organismo Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo y del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).

  10. Asimismo el Secretario General de Empleo, Actividad Empresarial e Innovación Tecnológica ejercerá las funciones que el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), atribuye a la Dirección Gerencia del SEXPE y las que el artículo 8 del presente Decreto atribuye a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología".

    Tres. Se modifica el artículo 8 que queda redactado como sigue:

    "Artículo 8. Secretaría General de Ciencia y Tecnología.

  11. Corresponde a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el ejercicio de las...

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