Orden de 31 de marzo de 2014 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Administración Pública.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyOrden

I

DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 31 de marzo de 2014 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Administración Pública. (2014050079)

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este mismo sentido, el Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

La presente modificación responde a la necesidad de dar cumplimiento a la Sentencia número 34/2014, recaída en los Autos de Procedimiento Abreviado 448/2013 seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Mérida.

Es de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo, así como, el Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura.

De conformidad con el artículo 2 del Decreto 94/1998...

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