DECRETO 86/2002, de 25 de junio, por el que se establece el currículo del Bachillerato en Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación, Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 86/2002, de 25 de junio, por el que se establece el currículo del Bachillerato en Extremadura.

El artículo 27 de la Constitución Española proclama el derecho de todos los españoles a la educación y presenta los principios que deben orientar los fines, la estructura y la organización del Sistema Educativo.

La Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su artículo 12.1 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del artículo 149, y de la Alta Inspección para su cumplimiento y garantía.

El artículo cuarto de la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo establece que los objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada uno de los niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades en los que se organiza la práctica educativa, constituyen elementos integrantes del currículo. Dispone también que corresponde al Gobierno fijar los aspectos básicos del currículo que constituirán las enseñanzas mínimas para todo el Estado, mientras que corresponde a las administraciones educativas competentes establecer el currículo del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas.

El bachillerato, de acuerdo con lo establecido en el Título I,

Capítulo III de la Ley Orgánica 1/1990, forma parte de la educación secundaria, junto a la etapa de secundaria obligatoria y la formación profesional específica. En desarrollo de la Sección Segunda del Capítulo III, Título Primero de la citada Ley Orgánica, el Real Decreto 1.700/1991, de 29 de noviembre, determina la estructura del bachillerato, mientras que, por su parte, el Real Decreto 1.178/1992, de 2 de octubre, establece las enseñanzas mínimas del bachillerato, señalando en su artículo 5º la responsabilidad de las administraciones educativas competentes en el establecimiento del currículo, y en su artículo 11º la responsabilidad de establecer las materias optativas y su número.

El Real Decreto 3.474/2000, de 29 de diciembre, ha modificado el Real Decreto 1.700/1991, de 29 de noviembre, relativo a la estructura del bachillerato, y el Real Decreto 1.178/1992, de 2 de octubre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del bachillerato.

Por otra parte, el Artículo 12 del Estatuto de Autonomía de Extremadura asigna a la comunidad autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

En vista de todo lo expuesto, una vez traspasadas a la Comunidad Autónoma de Extremadura, funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria, por Real Decreto 1.801/1999, de 26 de noviembre, procede establecer el currículo y demás elementos relativos a la estructura del bachillerato, al que deberán ajustar sus enseñanzas todos los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan esta etapa educativa.

Asimismo, con el fin de que el posterior desarrollo curricular que corresponde a los centros educativos se mantenga dentro de un proyecto común capaz de dar una finalidad y un sentido a los elementos científicos y técnicos, se considera oportuno explicitar algunas de las características del modelo educativo extremeño que pueden tener incidencia en la determinación de los aspectos curriculares básicos.

El modelo educativo que plantea la Junta de Extremadura parte de la consideración de la educación como factor esencial del estado del bienestar. Se basa en un desarrollo adecuado de las enseñanzas reguladas en la L.O.G.S.E., adaptado a las peculiaridades de nuestra comunidad autónoma, y con unos elementos característicos como la identidad regional, nacional y europea, la educación en valores, la valoración de la función docente, la perspectiva de situar la educación a lo largo de toda la vida y su incardinación en la sociedad de la información, con los que se pretende una educación de calidad para todos, mediante una política de compensación que potencie la igualdad de oportunidades e incremente los niveles de calidad y participación activa de la comunidad educativa.

Consecuentemente, en primer lugar, se considera necesario asegurar un desarrollo integral de los alumnos y alumnas, para lo cual es preciso un currículo que no se limite tan sólo a la adquisición de conceptos y conocimientos puramente académicos, sino que incluya otros aspectos que contribuyan al desarrollo integral de las personas como son las habilidades prácticas, las actitudes y los valores. La educación afectiva y social y la educación moral constituyen un elemento fundamental del proceso educativo.

Esta concepción integral de la educación implica incorporar al currículo, de forma transversal, elementos educativos básicos

contenidos en nuestro ordenamiento constitucional. Se trata, en suma, de obtener una cultura transformadora de la sociedad a través de los valores democráticos. Por ello, la vivencia de valores y el intercambio de pensamientos y sentimientos con compañeros y profesores ha de constituir un instrumento relevante.

A la vez que se fomenta la construcción del conocimiento y los valores humanos y universales, el conocimiento de nuestra región en sus múltiples manifestaciones debe ser un objetivo en todos los ámbitos educativos. El conjunto de peculiaridades históricas, geográficas, artísticas, literarias, sociales, económicas e institucionales, habrá de ser incorporado al currículo a través de las diferentes áreas y materias.

La aplicación de las nuevas tecnologías de la información y el conocimiento a los procesos de enseñanza/aprendizaje ha de contribuir a la mejora de la calidad de la educación, al aumentar las posibilidades de formación de la persona, desarrollando en el alumnado y el profesorado la capacidad de crear, tratar, acceder, seleccionar y recuperar la información, en beneficio del conocimiento y de su formación integral, por lo que es necesario tenerla en cuenta en los distintos aspectos del currículo.

El objetivo de una educación de calidad para todos supone un cambio profundo en la concepción de la enseñanza, e implica, por una parte, una mayor flexibilidad organizativa de los centros y de la práctica pedagógica para adaptarse a las distintas capacidades, intereses y estilos de aprendizaje de los alumnos y, por otra, un apoyo especial a los centros situados en contextos socioculturales desfavorecidos. En este sentido conviene tener especialmente presente el fuerte carácter rural de una gran parte de nuestra Comunidad Autónoma y el incremento significativo de alumnado procedente de otras culturas, que exige proyectos interculturales que desarrollen actitudes de aceptación y respeto desde la práctica de la cooperación, la tolerancia y la solidaridad.

Las diferencias de sexo, de origen social, de disponibilidad económica, de procedencia étnico cultural, de origen geográfico o de tipo personal, no terminan en la educación secundaria obligatoria, sino que se extienden y perpetúan. El bachillerato, como la etapa de educación secundaria obligatoria, no puede perder de vista la existencia de mecanismos que favorecen la segregación y propician el abandono y el fracaso escolar.

La residencia del alumnado en zonas rurales y la situación personal de trabajo, ha de ser compensada mediante el desarrollo adecuado de los servicios complementarios, el plan de becas y de residencias, y el desarrollo de los regímenes nocturno y a distancia, para que todos y todas puedan acceder a estos estudios en condiciones de igualdad y calidad.

En resumen, nuestro modelo educativo se basa en dos premisas:

· Una educación para todos, y

· Una educación de calidad en la que se potencie el aprendizaje autónomo de los alumnos, su capacidad para resolver problemas, el gusto por la lectura, el disfrute de los bienes culturales y artísticos, el trabajo en equipo y la educación cívica y democrática.

Una educación que esté al mismo tiempo dotada con las nuevas tecnologías de la información y que sea capaz de dar respuesta a las demandas de la sociedad del nuevo siglo. Una educación...

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